Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
03-02-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120203-213

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE A CORUÑA NÚMERO 5

CITACIÓN

213
Procedimiento ordinario 1.050 de 2011

Por la presente, y en virtud de lo acordado en esta fecha por el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social del número 5 de A Coruña, en los autos registrados con el número PO 1.050 de 2011 de orden, seguidos a instancias de don Fernando Iglesias Barros, contra “Gerling Konzern”, “Axa Winterthur”, “Ferrovial Agromán, Sociedad Anónima” y “Construcciones y Obras José Antonio, Sociedad Limitada”, en reclamación por indemnización, se cita y requiere a la representación legal de la compañía “Gerling Konzern”, que tiene su domicilio en la calle María de Molina, número 40, de Madrid, para que el día 7 de marzo de 2012, a las once horas y quince minutos, comparezca en la Sala de este Juzgado, sito en la calle Monforte, número 1 (edificio Nuevos Juzgados), al objeto de prestar confesión judicial, bajo el apercibimiento de poder ser tenido por confeso (artículo 91 de la Ley de Procedimiento Laboral) y que la infracción a este deber de comparecencia se sancionará, previa audiencia de cinco días, con multa de 180 a 600 euros, como ordena el artículo 304, en relación con el 292, de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto de juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para su citación al juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitar que se la cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas.

En todo caso, deberá acreditar documentalmente su carácter de representante legal de la empresa.

Dado en A Coruña, a 9 de enero de 2012.—La secretaria judicial, María Jesús Hernando Arenas.

(03/2.455/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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