Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
19-01-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120119-91

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

91
Demanda 1.121 de 2011

Doña Ana María García García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.121 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Estrella Casado Garrido, contra la empresa “Yacalzo, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 14 de diciembre de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 513 de 2011

En Madrid, a 14 de diciembre de 2011.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez de lo social, número 4 de Madrid, el juicio promovido por despido, seguido con el número de autos 1.121 de 2011, a instancias de doña Estrella Casado Garrido, asistida de la letrada doña María del Carmen Timón, frente a la empresa “Yacalzo, Sociedad Limitada”, que no comparece y con citación del Fondo de Garantía Salarial, autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda de despido entablada por doña Estrella Casado Garrido, frente a la empresa “Yacalzo, Sociedad Limitada”, se declaró improcedente el despido objeto de este procedimiento de fecha 31 de agosto de 2011, condenando a la entidad demandada a readmitir a la actora en las mismas condiciones existentes con anterioridad al despido o bien a su elección, formulada ante la Secretaría del Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia y entendiéndose que de no formular opción alguno lo hace por la readmisión, a optar por el abono de la trabajadora de la indemnización por importe de 1.409,40 euros, así como en todo caso condenando a la empresa al abono de los salarios de tramitación devengados desde al fecha del despido y hasta la fecha de la notificación de la sentencia con arreglo al salario declarado probado.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario corresponda al Fondo de Garantía Salarial para el caso de insolvencia de la empresa.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución.

Adviértase al recurrente que si no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, deberá depositar la cantidad de 150 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre del Juzgado.

En el caso de haber sido condenada en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la misma cuenta la cantidad objeto de condena:

a) Mediante ingreso en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado (número 2502/ 0000000/número de autos) en la entidad bancaria “Banesto”, sita en la calle Princesa, número 2, de Madrid.

b) Mediante transferencia a dicha entidad en la cuenta número 0030/1033/40/ 0000000000/número de procedimiento y persona o empresa que efectúa el ingreso.

También podrá sustituir la consignación mediante aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolo a este Juzgado junto con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Expídase testimonio de esta resolución, que quedará unido a los autos de los que dimanan, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Estrella Casado Garrido y “Yacalzo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/470/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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