Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
19-01-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120119-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

75
Ejecución 181 de 2010

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 181 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marín Nedyalkov Nedyalkov, contra la empresa “Construcciones Garshelca, Sociedad Limitada”, y “Rubau”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Tasación de costas

Que practica la secretaria judicial que suscribe en las presentes actuaciones tramitadas con el número 702 de 2009, a instancias de don Marín Nedyalkov Nedyalkov, contra “Construcciones Garshelca, Sociedad Limitada”, y “Rubau”.

Honorarios de letrado, según minuta: 300 euros.

Suma total: 300 euros.

Importa la presente tasación de costas la suma total de 300 euros.

Liquidación de intereses

Principal: 1.197,81 euros.

Notificación de sentencia: 21 de junio de 2010.

Fecha de pago: 4 de noviembre de 2011.

1.197,81 ´ 6% : 365 ´ 471 = 92,73 euros.

Total intereses: 92,73 euros.

Tasación de costas según minuta: 300 euros.

Dese traslado de esta diligencia a las partes por plazo común de diez días, advirtiéndose de la posibilidad de impugnarla dentro del citado plazo de diez días:

a) Por indebida, si se hubiesen incluido en ella partidas, derechos o gastos indebidos.

b) O por excesivos los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel.

c) O por no haberse incluido gastos debidamente justificados y reclamados, o la totalidad de la minuta de honorarios de abogado, perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel.

d) Y que, en su caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de esta, no admitiéndose la impugnación a trámite de no efectuarse dicha mención (artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Garshelca, Sociedad Limitada”, y “Rubau”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/450/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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