Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
19-01-2012

Sección 1.2.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120119-2

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

2
RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2011, del Director General de Función Pública, por la que se publica la Resolución de ejecución de la sentencia de 21 de julio de 2008, de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, recurso 1092/2005, interpuesto a instancias de don Luis Roa Polo, y de la sentencia de fecha 13 de junio de 2011, de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

La Dirección General de Función Pública, con fecha 19 de octubre de 2011, ha dictado Resolución de ejecución de la sentencia de 21 de julio de 2008, en el recurso 1092/2005, seguido en la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y de la sentencia de fecha 13 de junio de 2011, de la Sección Séptima, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo, en relación con el recurso de casación interpuesto por la Comunidad de Madrid y por don Luis Roa Polo. La notificación al interesado se ha intentado en dos ocasiones conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar por causas no imputables a esta Administración. Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar dicha Resolución de ejecución de sentencia cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa al interesado de que también se ha efectuado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

ANEXO

Vista sentencia de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de fecha 13 de junio de 2011, en que se falla que no ha lugar a los recursos de casación interpuestos con el número 5462/2008 por la Comunidad de Madrid, y por don Luis Roa Polo, contra la sentencia número 684, dictada el 21 de julio de 2008, en el recurso contencioso-administrativo número 1092 por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Resultando que, conforme a la sentencia de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, no ha lugar a los recursos de casación interpuestos por la Comunidad de Madrid y por don Luis Roa Polo, y se impone a los recurrentes las costas de los recursos de casación en los términos señalados en el último de sus fundamentos jurídicos.

Que dicho fundamento jurídico señala, a tenor de lo establecido por el artículo 139.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que procede imponer las costas a la parte recurrente, y que la Sala, haciendo uso de la facultad reconocida en el apartado 3 de ese precepto legal, ha señalado la cifra máxima y única para todas las partes recurridas a que asciende la imposición de costas por honorarios de abogado.

Que, conforme indica el apartado cuarto de los antecedentes de hecho por el Colegio de Abogados y Procuradores, han sido recibidas las designaciones de profesionales del turno de justicia gratuita para la defensa y representación del recurrente don Luis Roa Polo.

Resultando que en el recurso 1092/2005, seguido en la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el 21 de julio de 2008 se dictó sentencia, sobre Resolución del Consejero de Presidencia, por la que se desestima el recurso de alzada contra la Resolución de 1 de febrero de 2005, del Director General de Función Pública, por la que se resuelven las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Agentes Forestales, escala operativa, categoría de agente forestal, de Administración Especial, grupo C, de la Comunidad de Madrid, y contra la Resolución del Director General desestimando el recurso de alzada contra el acuerdo del tribunal calificador relativo a la reclamación formulada con respecto al resultado del tercer ejercicio del proceso selectivo, y en lo que se refiere en particular a las calificaciones de dicho ejercicio.

Resultando que la mencionada sentencia de 21 de julio de 2008, de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, declara la nulidad de las Resoluciones recurridas, retrotrayendo el proceso selectivo a fin de que por el Tribunal Calificador sea fijado el nivel mínimo del tercer ejercicio al comienzo de la primera sesión de calificación, desestimando el resto de las pretensiones planteadas por el recurrente.

Visto el artículo 118 de la Constitución española, que establece el cumplimiento obligatorio de las sentencias firmes de Jueces y Tribunales, así como de prestar la colaboración requerida en ejecución de lo resuelto.

Vistos los artículos 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, relativos a la ejecución de sentencias.

Considerando lo establecido en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 94/2010, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de enero de 2011); el Decreto 11/2011, de 16 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de junio de 2011); Decreto 57/2011, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de julio de 2011), y el Decreto 96/2011, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 94/2010, de 29 de diciembre.

En su virtud, esta Dirección General de Función Pública

HA RESUELTO

Primero

Ordenar el exacto cumplimiento de la sentencia, de fecha 13 de junio de 2011, de la Sección Séptima, de la Sala de 1o Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en la que se acuerda que no ha lugar al recurso de casación interpuesto por la Comunidad de Madrid y por don Luis Roa Polo, contra la sentencia número 684, dictada el 21 de julio de 2008, por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y recaída en el recurso 1092/2005, y se impone a los recurrentes las costas de los recursos de casación, en los términos señalados en el último de los fundamentos jurídicos.

Segundo

Ordenar el exacto cumplimiento de la referida sentencia de 21 de julio de 2008, de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la que se declara la nulidad de las resoluciones recurridas, retrotrayendo el proceso selectivo a fin de que por el Tribunal Calificador sea fijado el nivel mínimo del tercer ejercicio al comienzo de la primera sesión de calificación.

Madrid, a 19 de diciembre de 2011.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González.

(03/1.216/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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