Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
14-01-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120114-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

EDICTO

110
Ejecución 96 de 2011

Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 96 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Picatoste García, doña Vicenta Antezana Fuentes, doña María Antonia Arroyo Maroto, doña Nelly Jeanneth Morales Tapia, doña Millerlay Hernández, doña María Liliana Duque Londoño, doña Álix Sofia García Villamizar, doña Wanda María Guzmán González, doña Luisa María Méndez Feliz, doña Mirtenni Salvador Pérez, doña Honaica Rodríguez Santana, doña Sandra Novas Feliz, doña Emérita Faustina Pangay Ullaguari, doña Bidalina Novas Feliz, don Jorge Gustavo Vinces Ubillus, doña Irina Ciocoiu y doña Yokanni Margarita Agramonte Martínez, contra la empresa “Sagace, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Sagace, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 174.877,28 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación en su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante el magistrado-juez de lo social que ha dictado la orden general de ejecución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2806 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”, o por transferencia a la entidad “Banesto”, siendo los veinte dígitos: 0030/1846/42/0005001274.

Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.

Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Así por este decreto lo pronuncio, mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sagace, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente en Madrid, a 15 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.353/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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