Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
14-01-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120114-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

109
Ejecución 147 de 2008

Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 147 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Teresa Gutiérrez Iglesias, contra la empresa “La Calesa, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado decreto en fecha 1 de diciembre de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo: Se acuerda el embargo sobre los créditos que ostenta la ejecutada frente a los accionistas don Francisco Flores Fraile, don Francisco Javier Sainz Pérez Santana, don Javier Jiménez Moya, don Francisco Javier Olaciregui Arrieta, don José Manuel Pérez López, doña Irene del Valle Remacha Barachina, don Álvaro Emilio Sainz Pérez Santana, don Eusebio Álvaro Sainz Pérez Santana y don José Ignacio Sainz Pérez Santana, requiriéndoles para que pongan a disposición del Juzgado las cantidades pendientes de desembolso por la suscripción de acciones de la sociedad ejecutada, en lo que sea suficiente a cubrir las cantidades por las que se despachó ejecución.

A tal fin, líbrense los correspondientes oficios a los referidos accionistas al objeto de requerirles, bajo su personal responsabilidad, para que dentro del plazo máximo de cinco días procedan a dar cumplimiento de lo acordado, transfiriendo a la “Cuenta de consignaciones y depósitos” en este Juzgado las cantidades adeudadas.

Y asimismo, adviértase:

a) Que el pago que, en su caso, hicieren a la demandada no será válido (artículo 1.165 del Código Civil), y que el efectuado en cumplimiento del presente requerimiento les libera de toda responsabilidad frente a la acreedora.

b) De las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal).

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.—La secretaria judicial (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “La Calesa, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.352/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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