Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
14-01-2012

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120114-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SECRETARÍA DE GOBIERNO

75
Nombramiento juez de paz titular Rozas de Puerto Real

Don José Palazuelos Morlanés, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior, en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

Veintisiete.—Nombramiento de juez de paz titular de Rozas de Puerto Real.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Rozas de Puerto Real, en el que se propone el nombramiento de doña Ángeles Romero Fernández para el cargo de juez de paz titular, aprobado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 6 de octubre de 2011, por seis votos a favor, que representa la mayoría absoluta, del número legal.

Atendiendo a los criterios de la circular del Consejo General del Poder Judicial de fecha 6 de octubre de 1993, con especial referencia al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: Nombrar juez de paz titular de Rozas de Puerto Real a doña Ángeles Romero Fernández.

Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado Decano de primera instancia e instrucción de Navalcarnero, partido judicial al que pertenece, al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Rozas de Puerto Real, al Juzgado de paz de la misma localidad, y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado, expido y firmo la presente en Madrid, a 28 de noviembre de 2011.—El secretario de Gobierno, José Palazuelos Morlanés.

(03/43.349/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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