Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
13-01-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120113-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

63
Procedimiento 820 de 2010

En el procedimiento ordinario número 820 de 2010, sobre otras materias, a instancias de comunidad de propietarios del conjunto residencial “Galaxia”, representada por el procurador de los tribunales don Antonio Orteu del Real, y defendida por la letrada doña María del Mar Ozore, contra “Nasa Publicidad, Sociedad Limitada”, con procurador sin profesional asignado y abogado sin profesional asignado, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 1.360 de 2011

En Madrid, a 13 de septiembre de 2011.—Vistos por la magistrada-juez de primera instancia, doña Sonia Lence Muñoz, los presentes autos de procedimiento ordinario con el número 820 de 2010, promovidos a a instancias de comunidad de propietarios del conjunto residencial “Galaxia”, representada por el procurador de los tribunales don Antonio Orteu del Real, y defendida por la letrada doña María del Mar Ozore, contra “Nasa Publicidad, Sociedad Limitada”, con procurador sin profesional asignado y abogado sin pro- fesional asignado, siendo objeto del juicio otras materias, ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por el procurador señor Orteu del Real, en nombre y representación de la comunidad de propietarios del conjunto residencial “Galaxia”, contra “Nasa Publicidad, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 4.167,69 euros, más el interés legal del dinero sobre dicha cantidad desde el día 16 de marzo de 2010 hasta el día de hoy, y los intereses previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde el día de hoy hasta su completo pago, todo ello con expresa imposición de costas a la demandada.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, que se interpondrá ante este Juzgado, en el plazo de cinco días, computados desde su notificación, para su conocimiento y fallo por la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Nasa Publicidad, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 24 de octubre de 2011.—El secretario (firmado).

(02/9.437/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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