Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120103-182

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

182
Ejecución 259 de 2011

Doña María del Mar Alejo Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 259 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ángel Uribe Trucios, contra la empresa “Desarrollo de Franquicias Hosteleras, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia dictada por este Juzgado en fecha 21 de septiembre de 2011, a favor de la parte ejecutante, don José Ángel Uribe Trucios, frente a “Desarrollo de Franquicias Hosteleras, Sociedad Limitada”.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, señora doña María del Mar Alejo Rodríguez.—En Madrid, a 30 de noviembre de 2011.

De conformidad con lo establecido en el artículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral, y habiéndose solicitado por don José Ángel Uribe Trucios el despacho de la ejecución frente a “Desarrollo de Franquicias Hosteleras, Sociedad Limitada”, se tiene por promovido incidente de no readmisión y se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, décima planta de Madrid 28008, el día 10 de enero de 2012 a las nueve y veinticinco con apercibimiento de que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y de que si no asistiere el trabajador o persona que lo represente, se le tendrá por desistido de su solicitud; y si no compareciese el empresario o su representante, se celebrará el acto sin su presencia.

Notifíquese a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral.

También acuerdo citar a la empresa por medido de edictos y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Desarrollo de Franquicias Hosteleras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.011/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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