Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2012

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120103-64

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

64
Notificación expedientes sancionadores

Doña Rosario Pérez García, concejala-delegada de Hacienda del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, con potestad en materia de iniciación de expedientes sancionadores.

Hace saber: Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, según prevé el apartado 5 de dicho precepto, y con sujeción a las prescripciones del artículo 61 de dicha Ley, la notificación de los requerimientos de identificación del conductor a los titulares de los vehículos en los expedientes sancionadores que se indican, por el instructor del procedimiento por infracciones a la normativa de tráfico y seguridad vial, se pone en conocimiento de los titulares aquí relacionados, pudiendo acceder al expediente en dependencias municipales de la recaudación: persona que conducía el vehículo, del que usted figura como titular, según los datos que constan en la presente notificación.

De conformidad con lo que dispone el artículo 81.2 se le requiere para que en el plazo de quince días naturales identifique al conductor del vehículo en la fecha de la denuncia, aportando nombre y apellidos, DNI o número de permiso de circulación y domicilio, con la advertencia de que, de no aportar dichos datos dentro del plazo requerido, conlleva la responsabilidad prevista en el artículo 65.5.j) de la Ley de Seguridad Vial, siendo usted considerado como responsable de una infracción muy grave. La multa por la infracción prevista en el artículo 65.5.j) será el doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es infracción leve, y el triple, si es infracción grave o muy grave.

Reducción de la multa: podrá abonar la sanción en el plazo de quince días naturales a partir de esta notificación y así beneficiarse, en su caso, de la bonificación de un 50 por 100 de su cuantía, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. El abono del importe implicará la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa, la renuncia a formular alegaciones y el agotamiento de la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo a partir del día siguiente al que se efectúe el pago.

Lugar y forma de pago: en las entidades colaboradoras mediante carta de pago emitida por el Servicio de Recaudación sito en calle Cañada, número 1, de Humanes de Madrid.

Los datos personales tratados en este documento serán tratados informáticamente en los términos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, pudiendo ejercer sus derechos de cancelación, rectificación, oposición y acceso ante el responsable del fichero. Igualmente, podrán ser cedidos a cuantas instituciones y organismos pudiera proceder de acuerdo con la legislación vigente.


En Humanes de Madrid, a 15 de noviembre de 2011.—La concejala, Rosario Pérez García.

(02/10.223/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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