Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
23-12-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111223-173

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

173
Demanda 1.156 de 2011

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.156 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José García Cabrero, contra don Javier Mora López, don Rafael Mora López, don Roberto Mora López, “Rafael Mola López, Sociedad Limitada”, “RML e Hijos Montajes Publicitarios, Sociedad Limitada”, “Montajes Agrupados de Publicidad, Sociedad Limitada”, “Verticales Sanse, Sociedad Limitada”, y “Martínez Spitia, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por don José García Cabrero, frente a don Javier Mora López, don Rafael Mora López, don Roberto Mora López, “Rafael Mora López , Sociedad Limitada”, “RML e Hijos Montajes Publicitarios, Sociedad Limitada”, “Montajes Agrupados de Publicidad, Sociedad Limitada”, “Verticales Sanse, Sociedad Limitada”, y “Martínez Spitia, Sociedad Limitada”, que se sustanciará por las reglas de despido.

2. Citar a las partes con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración de los actos de conciliación y juicio a cuyo efecto se señalan en única y sucesiva convocatoria para el día 14 de marzo de 2012, a las once y veinte horas con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral en la Sala de audiencias de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, octava planta, 28008 Madrid.

3. Citar a representante de la empresa con facultades para absolver posiciones, y requerir a la empresa la aportación para dichos actos de los documentos solicitados sin perjuicio de lo que se acuerde por su señoría sobre la admisión de prueba en el acto de juicio.

4. Cítese al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, con el número 2525 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Princesa, número 3, 28008 Madrid.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios: 0030/1033/40/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2525, número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Javier Mora López, don Rafael Mora López, don Roberto Mora López, “Rafael Mora López, Sociedad Limitada”, “RML e Hijos Montajes Publicitarios, Sociedad Limitada”, “Montajes Agrupados de Publicidad, Sociedad Limitada”, “Verticales Sanse, Sociedad Limitada”, y “Martínez Spitia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.592/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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