Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
10-12-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111210-165

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

165
Ejecución 15 de 2010

Don Manuel López Jara, secretario judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 15 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Mar Piro Montalvo, contra la empresa “Ugarte Navasierra, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Araceli Crespo Pascual.—En Madrid, a 19 de mayo de 2011.

Conforme lo previsto en el artículo 262 de la Ley de Procedimiento Laboral se acuerda poner en conocimiento de la ejecutante el resultado de la subasta a fin de que en el plazo de diez días, si a su derecho conviniere, pueda adjudicarse los bienes embargados y subastados por el 30 por 100 del avalúo, con la advertencia que de no hacer uso de este derecho se alzará el embargo.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación ante la secretaria judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Parte dispositiva:

Se acuerda alzar el embargo de los bienes declarados desiertos en el hecho segundo de esta resolución.

Se hace saber que para la interposición de recurso de reposición contra la presente resolución será precisa la consignación en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado número 2809 de la entidad “Banesto”, la cantidad de 25 euros, y ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, no se admitirá a trámite.

Solo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas a las que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo 5, de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita).

Así por este decreto lo mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Araceli Crespo Pascual.—En Madrid, a 22 de septiembre de 2011.

Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 11.633,28 euros de principal y 698 euros y 1.163,33 euros de intereses y costas, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme a lo previsto en el artículo 274 de la Ley de Procedimiento Laboral, a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en término de diez días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.

Notifíquese a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición.

Así lo mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Adviértase de que las siguientes comunicaciones dirigidas en la mencionada parte se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ugarte Navasierra, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de noviembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/39.540/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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