Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
10-12-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111210-150

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

150
Ejecución 142 de 2007

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 142 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pablo Peláez Ballesteros, contra la empresa “Cabo Música, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se aprueba la tasación de costas y liquidación de intereses practicada por la suma de 371,36 euros a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición de la parte actora don Pablo Peláez Ballesteros la cantidad de 142,50 euros, en concepto de intereses.

Póngase a disposición de la letrada doña Carmen Arias Fraile, la cantidad de 228,86 euros, en concepto de honorarios.

Y entréguense los correspondientes mandamientos de devolución a los interesados en la secretaría de este Juzgado, haciéndoles saber que los mandamientos caducan a los tres meses desde su expedición.

Consultada la base de datos de los Juzgados de lo social no consta ejecución abierta contra la ejecutada.

Y obrando dinero en la cuenta póngase a disposición de “Cabo Música, Sociedad Limitada”, la cantidad de 247,28 euros, en concepto de sobrante, expídase y entréguese el correspondiente mandamiento de devolución en la Secretaría de este Juzgado, haciéndole saber que los mandamientos caducan a los tres meses desde su expedición.

Y estando en ignorado paradero la empresa ejecutada, además por edictos, inténtese la notificación en el domicilio que consta, en el Acta de Precinto de vehículo practicado por la policía, y si resultare negativa la misma, consúltese la base de datos del Registro Mercantil para conocer el administrador de la misma.

Verificando lo anterior y una vez se reciban los resguardos del banco “Banesto” con saldo a cero archívense las presentes actuaciones, previa anotación en los correspondientes libros de Registro de este Juzgado.

Notifíquese la presente a las partes.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2516 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cabo Música, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.359/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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