Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
10-12-2011

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111210-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 3

EDICTO

63
Procedimiento 851 de 2009

En este Juzgado se siguen autos de divorcio contencioso número 851 de 2009, a instancias de doña Imane Ben Chagra, representada por el procurador señor Muñoz Nieto, contra don Aziz Nouinou, que se encuentra en situación procesal de rebeldía y en paradero desconocido, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son como sigue:

Sentencia número 136 de 2011

En Majadahonda, a 20 de octubre de 2011.—Don Gregorio María Callejo Hernanz, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Majadahonda y su partido judicial, habiendo visto los presentes autos de procedimiento de divorcio contencioso número 851 de 2009, seguidos a instancias de doña Imane Ben Chagra, con domicilio en Majadahonda, calle Sacrificio, número 4, primero A, representada por el procurador don Esteban Muñoz Nieto, y defendida por la letrada señora María Belén Serrano Lorenzo, contra don Aziz Nouinou, con domicilio en calle San Roque, número 45-13, de Majadahonda, y declarado en situación procesal de rebeldía, en los que aparece y es de aplicación el siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente como estimo la demanda formulada por la representación procesal de doña Imane Ben Chagra, contra don Aziz Nouinou, debo declarar y declaro disuelto, por razón de divorcio, el matrimonio de ambos litigantes, con todos los efectos legales que le son inherentes.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales.

Firme que sea esta sentencia, remítase testimonio de la misma al Registro Civil que corresponda para que se haga la oportuna anotación marginal en el asiento relativo al matrimonio de los cónyuges a los que afecta.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación en el término del quinto día, que se resolverá ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado don Aziz Nouinou, que se encuentra en paradero desconocido, expido el presente en Majadahonda, a 25 de octubre de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/39.241/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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