Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
16-11-2011

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111116-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

53
Modificación ordenanzas fiscales

Por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria de fecha 11 de noviembre de 2011, se acordó aprobar la modificación de las siguientes ordenanzas fiscales de tributos, en concordancia con el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:

— Tasa expedición de documentos.

— Tasa licencias de autotaxis.

— Tasa licencias urbanísticas.

— Tasa por apertura de establecimientos.

— Tasa prestación del servicio de alcantarillado.

— Tasa por recogida domiciliaria de basuras.

— Tasa otorgamiento de matrimonio civil.

— Tasa utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales dominio público local.

— Tasa por la entrada de vehículos y reserva de espacio.

— Tasa puestos barracas, rodajes cinematográficos, etcétera.

— Tasa aprovechamiento mercados municipales.

— Tasa por la prestación de servicios funerarios en el cementerio municipal.

— Tasa por la gestión del arbolado privado en suelo urbano.

— Tasa por utilización privativa y aprovechamiento del subsuelo.

— Tasa por la prestación de servicios de la Policía Local.

— Tasa por la retirada de vehículos, depósito e inmovilización de vehículos.

— Tasa por control de limitación y ordenación del estacionamiento de vehículos.

— Impuesto municipal sobre vehículos de tracción mecánica.

De acuerdo con el artículo 17.1 del citado texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, en su apartado 1, se exponen en el tablón de anuncios de la entidad durante treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

De acuerdo con el artículo 17.2 del mismo texto refundido, se publica el presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y transcurrido el período de treinta días desde su exposición, en los que no se hayan presentado reclamaciones, se considerará definitivamente aprobado el acuerdo de modificación de las ordenanzas fiscales anteriormente transcritas.

San Lorenzo de El Escorial, a 11 de noviembre de 2011.—El alcalde-presidente, José Luis Fernández-Quejo del Pozo.

(03/38.039/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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