Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
12-11-2011

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111112-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

RÉGIMEN ECONÓMICO

70
Bases ayudas económicas asociaciones

El Ayuntamiento de Valdemoro anuncia la publicación de las bases para el otorgamiento de ayudas económicas destinadas a la promoción de la salud, los autocuidados y la ayuda mutua en Valdemoro de las asociaciones que se hallan inscritas en el Registro de Entidades de Interés Municipal y adscritas a la Concejalía de Participación Ciudadana y Salud, Área de Salud del Ayuntamiento de Valdemoro.

Objeto de la convocatoria: concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Valdemoro durante el año 2011 a entidades sin ánimo de lucro con el objetivo de financiar la promoción de la salud, los autocuidados y la ayuda mutua en Valdemoro (Madrid).

Cuantía de la subvención: de los presupuestos municipales para el año 2011 existe una consignación de 20.400 euros destinada a subvencionar proyectos de promoción de la salud, los autocuidados y la ayuda mutua en Valdemoro (Madrid).

Plazo de presentación: el plazo de presentación será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las bases reguladoras pueden recogerlas en la Concejalía de Participación Ciudadana y Salud, con dirección en la calle Río Manzanares, número 4, de Valdemoro (Madrid), teléfono 918 099 677, o en la página web del Ayuntamiento de Valdemoro www.valdemoro.es

Presentación de solicitudes: la solicitud de subvención, junto con la documentación que se acompañe de acuerdo a las bases reguladoras, se presentará por duplicado en el Registro General del Ayuntamiento (Secretaría General), los días laborales, de nueve a catorce horas, y de allí serán dirigidas a la Concejalía de Participación Ciudadana y Salud.

En Valdemoro.—El alcalde-presidente, José Carlos Boza Lechuga.

(03/36.506/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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