Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
12-11-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111112-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

107
Ejecución 168 de 2011

Don Miguel Ángel Sánchez Grande, secretario judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 168 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rafael Navarrete Paniagua, contra don Ángel González Ucelay, sobre ordinario, se ha dictado decreto de admisión a trámite de jura de cuentas, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

Secretario judicial, Miguel Ángel Sánchez Grande.—En Madrid, a 20 de septiembre de 2011.

Dispongo: Se tiene por presentada la anterior solicitud de jura de cuentas del letrado don Rafael Navarrete Paniagua, contra su poderdante don Ángel González Ucelay. Con la misma regístrese ejecución en el libro de registro de ejecuciones y fórmese pieza separada para tramitar la oportuna reclamación de honorarios formulada.

Requiérase a don Ángel González Ucelay para que en el plazo de diez días proceda a abonar la cuantía de 7.080 euros o bien impugne la cuenta, bajo apercibimiento de apremio si no pagare ni formulase impugnación.

Notifíquese a las partes la presente resolución.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Ángel González Ucelay, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/35.241/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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