Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
09-11-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111109-14

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

OTROS ANUNCIOS

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Notificación baja de oficio por inscripción indebida empadronados

En el Departamento de Estadística del Ayuntamiento de Arroyomolinos se instruyen los expedientes de baja de oficio números 49, 50, 52, 53, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75 y 76/2011, conforme al artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, por incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento, relativos a baja de oficio por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los mismos.

Al no haber sido posible realizar la notificación a los interesados, por causas no imputables a la Administración, y procediendo de conformidad con lo previsto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la publicación del presente anuncio a fin de que en el plazo no superior a quince días contados a partir del siguiente a la misma, los interesados o, en su caso, los representantes legales de los menores, comparezcan en el Departamento de Estadística del Ayuntamiento de Arroyomolinos, para su notificación. Se procede a citar a:



Relación inscripciones que afectan a menores de edad:



Dicha comparecencia deberá efectuarse en el Ayuntamiento de Arroyomolinos, sito en la plaza Mayor, número 1, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas.

En el tablón de edictos de este Ayuntamiento permanecerá expuesto el mismo por igual plazo.

Lo que se hace público para general conocimiento de los interesados, advirtiéndoles de que transcurrido dicho plazo sin haber comparecido se procederá a solicitar informe favorable del Consejo de Empadronamiento, para llevar a cabo la baja de oficio por inscripción indebida en el padrón municipal de habitantes. Dicha baja en el padrón municipal dará lugar también a la baja en el censo electoral, de conformidad con la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, desapareciendo del mismo por no figurar inscrito en ningún otro municipio.

En Arroyomolinos, a 15 de septiembre de 2011.—El alcalde, Juan Velarde Blanco.

(02/8.241/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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