Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
02-11-2011

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111102-12

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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Orden 1746/2011, de 26 de octubre, por la que se modifican los plazos de justificación de las ayudas convocadas por la Dirección General de Promoción Cultural para el año 2011.

En virtud de lo establecido en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

1. Ampliar el plazo previsto en el artículo séptimo, de la Orden 651/2011, de 13 de abril, por la que se convocan ayudas a la producción cinematográfica para el año 2011 hasta el 15 de diciembre de 2011 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de mayo).

2. Ampliar los plazos previstos en el artículo octavo de la Orden 950/2011, de 20 de mayo, por la que convocan ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro con destino a la realización de actividades culturales relacionadas con el teatro, la música, la danza y la cinematografía, hasta el 15 de diciembre de 2011 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de junio).

3. Ampliar el plazo previsto en el artículo noveno de la Orden 951/2011, de 20 de mayo, por la que se convocan ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de fiestas locales tradicionales y actividades culturales relacionadas con las artes escénicas, musicales y cinematográficas hasta el 15 de diciembre de 2011 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de junio).

4. Ampliar el plazo previsto en el artículo octavo de la Orden 1096/2011, de 21 de junio, por la que se convocan ayudas a las artes escénicas y a la música para los años 2011 y 2012, hasta el día 15 de diciembre de 2011 para proyectos anuales y para la primera anualidad de proyectos bienales. El plazo de justificación de la segunda anualidad en proyectos bienales continuará siendo el 23 de noviembre de 2012 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de julio).

Madrid, a 26 de octubre de 2011.

El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/36.660/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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