Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
02-11-2011

Sección 1.3.90.29: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111102-17

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA ANTIDROGA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

17
ACUERDO de 7 de octubre de 2010, del Consejo de Administración, por el que se delega en la Directora-Gerente de la Agencia Antidroga la competencia para la concesión de subvenciones.

De conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 11 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en ­relación con el artículo 7.1.b) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Administración de la Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, en su reunión ordinaria del día 7 de octubre de 2010,

ACUERDA

“Delegar en la Directora-Gerente de la Agencia Antidroga, la competencia para la concesión de las siguientes subvenciones:

1. Para financiar gastos corrientes para la realización de programas y actividades en materia de prevención de las drogodependencias de Entidades Locales de la Comunidad de Madrid.

2. A Instituciones sin fin de lucro para el mantenimiento de centros o servicios en el ámbito de las drogodependencias.

3. Para financiar el mantenimiento de programas y actividades en el ámbito de las drogodependencias de la Comunidad de Madrid para el año 2011”.

En Madrid, a 7 de octubre 2011.—El Secretario del Consejo de Administración, Luis Miguel Díaz García.

(03/35.750/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.29: I. COMUNIDAD DE MADRID

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