Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
28-10-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111028-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

113
Ejecución 132 de 2011

Doña Sagrario Coteño del Reino, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 132 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Escalona Moreno, contra la empresa “Audio Wave, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado decreto de acumulación de fecha 20 de septiembre de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Acumular a la presente ejecución la que se sigue en los autos número 1.221 de 2010, ejecución número 181 de 2011, de este Juzgado, frente a la común deudora “Audio Wave, Sociedad Limitada”, por importe de 68.023,38 euros de principal, más otros 4.081,40 euros y 6.802,33 euros de intereses y costas que se fijan provisionalmente, sin perjuicio de posterior liquidación.

Notifíquese esta resolución a todas las partes de dichos autos.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Audio Wave, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.802/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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