Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
27-10-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111027-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 4

EDICTO

98
Ejecución 154 de 2009

Don Miguel Ángel Rivas Carrascosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 4 de Jaén.

Hago saber: Que en los autos de ejecución seguidos en este Juzgado bajo el número 154 de 2009, a instancias de la parte actora doña María del Rosario Alted Lagos, contra don Fernando Paniagua Durán, don Jorge Ávila Maye, don Alberto Molina Repollo, “Aqua Test Pamoavil, Sociedad Limitada”, “Raúl”, “Relaxalud, Sociedad Limitada”, “Galería Universal Pamoavil I, Sociedad Limitada”, y seis más y “Bio-Clinycs, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 23 de septiembre de 2011 del tenor literal siguiente:

Decreto número 311 de 2011

Secretario judicial, don Miguel Ángel Rivas Carrascosa.—En Jaen, a 26 de septiembre de 2011.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

a) Declarar a los ejecutados don Fernando Paniagua Durán, don Jorge Ávila Maye, don Alberto Molina Repollo, “Aqua Test Pamoavil, Sociedad Limitada”, “Raúl”, “Relaxalud, Sociedad Limitada”, “Galería Universal Pamoavil I, Sociedad Limitada”, y seis más y “Bio-Clinycs, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 12.516,61 euros en concepto de principal, más la de 2.503,32 euros presupuestados para intereses y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en los libros de registro correspondientes de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes de los ejecutados sobre los que trabar embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso directo de revisión a interponer ante quien dicta la resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, constituyendo el recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita el depósito de 25 euros en la cuenta de “Banesto” número 2090/0000/30/0154/09, acreditándolo con el correspondiente resguardo, y sin cuyo requisito no se dará trámite al recurso.

Lo acuerdo y firmo.

Y para que sirva de notificación a los demandados don Fernando Paniagua Durán, don Jorge Ávila Maye, don Alberto Molina Repollo, “Aqua Test Pamoavil, Sociedad Limitada”, “Raúl”, “Relaxalud, Sociedad Limitada”, “Galería Universal Pamoavil I, Sociedad Limitada”, y seis más, y “Bio-Clinycs, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento.

En Jaén, a 26 de septiembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/33.676/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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