Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
14-10-2011

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111014-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

70
Impuesto actividades económicas ejercicio 2011

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que el período voluntario de cobro para los recibos del ejercicio 2011, correspondiente al impuesto sobre actividades económicas, será el comprendido entre los días 1 de octubre y 30 de noviembre de 2011, ambos inclusive.

Forma de pago: para el pago de los tributos municipales por recibo, en período voluntario, los contribuyentes que no tengan domiciliación permanente de sus tributos deberán presentar el aviso de pago que se distribuye, personándose por sí o a través de tercero en las oficinas de la entidad colaboradora, “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, Aragón y Rioja” (“Ibercaja”), de lunes a viernes, en horario de nueve a catorce, o en cualquiera de las entidades autorizadas al efecto:

— “Bankia”.

— “Caja de Ahorros y de Pensiones de Barcelona” (“La Caixa”).

— “Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, Caja de Ahorros y Monte de Piedad” (“Caja España” y “Caja Duero”).

— “Caja Castilla-La Mancha”.

— “Banco Santander”.

— “Barclays Bank”.

— “Deutsche Bank”.

— “Caja Cataluña, Caja Tarragona y Caja Manresa” (“Catalunya Caixa”).

— “Bilbao Bizkaia Kutxa” (BBK).

— “Banco Sabadell Atlántico”.

— “Banco Guipuzcoano”.

— “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” (BBVA).

— “Banco Pastor”.

— “Banco Popular”.

— “Banca Cívica”.

— “Caja de Ahorros de Santander y Cantabria” (“Caja Cantabria”).

Este documento (o aviso de pago) servirá como justificante de pago con la validación mecánica o firma y sello autorizado de la entidad financiera.

En caso de que no se reciba el aviso de pago o extravío del mismo, se podrá solicitar un duplicado en el Organismo Autónomo de Gestión Tributaria y Recaudación o en el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Parla.

Para quienes tengan domiciliación permanente de sus recibos, la fecha de adeudo en cuenta será el día 5 de noviembre de 2011.

Advertencia: transcurrido el período voluntario de cobranza las deudas no satisfechas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos de período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

En Parla, a 26 de septiembre de 2011.—El alcalde-presidente, José María Fraile Campos.

(02/8.601/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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