Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
10-10-2011

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111010-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE VELASCO

RÉGIMEN ECONÓMICO

74
Padrón municipal impuesto actividades económicas ejercicio 2011

Habiendo sido aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de 22 de agosto de 2011, el padrón municipal del impuesto de actividades económicas y de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase correspondiente al ejercicio 2011, se expone al público por espacio de quince días en las oficinas de la Recaudación Municipal, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los legítimamente interesados puedan examinarlo e interponer las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas. La exposición pública producirá los efectos de notificación colectiva del padrón y datos consignados en el mismo a cada uno de los sujetos pasivos, de acuerdo con el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Contra la exposición de los padrones y las liquidaciones contenidas en los mismos los legítimamente interesados podrán interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de finalización del período de exposición pública del padrón aprobado.

Asimismo, se comunicará que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer la fecha de cobranza que tendrá lugar en período voluntario, desde el día 30 de septiembre de 2011 al 1 de diciembre de 2011, ambos inclusive, en las sucursales de las entidades financieras colaboradoras.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Torrejón de Velasco, a 22 de agosto de 2011.—El concejal-delegado de Hacienda, (resolución de Alcaldía de 13 de junio de 2011), Álvaro Martín Torrejón.

(02/7.751/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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