Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
23-09-2011

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110923-72

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

URBANISMO

72
Aprobación proyecto reparcelación plaza del Turia

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Móstoles, en su sesión celebrada el día 5 de julio de 2011, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:

Primero.—Aprobación definitiva del proyecto de reparcelación voluntaria en el entorno de la plaza del Turia de Móstoles, cuyo documento se encuentra depositado en el archivo municipal.

Segundo.—Remisión del acuerdo de aprobación definitiva adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Móstoles, en su sesión del día 5 de julio de 2011, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que se reproduce a continuación. En orden a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 26 de RMPA, deberá también publicarse en los tablones de edictos de la Casa Consistorial y de las Juntas de Distrito y, en su caso, de los organismos autónomos así como en la web municipal.

Vanesa Martínez Monroy, concejala-secretaria de la Junta de Gobierno Local (decreto 2648/2011) del Ayuntamiento de Móstoles (Madrid).

Certifica: Que en la sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local, el día 5 de julio de 2011, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«2/555. Propuesta de resolución sobre aprobación definitiva del documento proyecto de reparcelación voluntaria en el ámbito de la plaza del Turia de Móstoles.

Vista la propuesta de resolución formulada por el director del Departamento de Urbanismo de la Gerencia Municipal de Urbanismo y el coordinador general de Urbanismo y elevada por el concejal-delegado de Urbanismo, así como las adiciones incorporadas, en su caso, por la Junta de Gobierno Local, se transcribe literalmente la propuesta resultante:

“Una vez tramitado el expediente de referencia, el director del Departamento de Planeamiento y Gestión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de los Estatutos de la Gerencia Municipal de Urbanismo, formula la siguiente propuesta de resolución del mismo, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 225.d) en relación a los artículos 92 y 143 del Reglamento Orgánico Municipal aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de abril de 2005).

Expediente: reparcelación voluntaria en el entorno de la plaza del Turia de Móstoles.

Asunto: aprobación definitiva del documento proyecto de reparcelación voluntaria en el entorno de la plaza del Turia de Móstoles.

Interesado: don Francisco Javier Rodríguez Francos, doña María Teresa Rodríguez Francos, don Félix Orgaz Alonso (en representación de la entidad “Serinsa, Sociedad Anónima”) y el Ayuntamiento de Móstoles.

Procedimiento: a instancias de parte.

Órgano decisorio: Junta de Gobierno Local.

Antecedentes: el comité ejecutivo de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Móstoles de 28 de febrero de 2011 y la Junta de Gobierno Local, celebrada el 1 de marzo de 2011, aprobó el documento de reparcelación voluntaria en el entorno de la plaza del Turia.

Examinado el procedimiento referente al asunto indicado, se han apreciado los hechos que figuran a continuación:

Hechos:

Primero.—Una vez transcurrido el plazo de información pública del mencionado documento, por un período de veinte días de acuerdo con la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de mayo de 2011, y en el periódico “La Razón” de 4 de abril de 2011, se constata por el jefe de la Sección Técnica de Planeamiento de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Móstoles, que no constan alegaciones al mismo en el expediente. Por tanto se informa favorablemente la aprobación definitiva del documento de reparcelación voluntaria en el entorno de la plaza del Turia de Móstoles.

Segundo.—Visto el acuerdo del Comité Ejecutivo de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de 4 de julio de 2011, de elevación a la Junta de Gobierno Local del expediente del proyecto de reparcelación voluntaria en el entorno de la plaza del Turia de Móstoles.

La valoración jurídica de los hechos expuestos es la siguiente:

De acuerdo con el informe jurídico del coordinador general de Urbanismo de 9 de junio de 2011:

Primero.—El Ayuntamiento de Móstoles ejerce la competencia urbanística que tiene conferida por la Ley buscando satisfacer el interés público representado por el planeamiento urbanístico y asegurando la obtención legal de las dotaciones previstas en él, garantizando la aplicación de los principios de eficacia administrativa, equidistribución urbanística y mínima intervención.

Según el artículo 86.5 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, la reparcelación podrá llevarse a cabo de forma voluntaria o forzosa, estableciéndose de forma expresa que la reparcelación voluntaria gozará de preferencia.

Segundo.—Por ello, a fin de permitir la ejecución del planeamiento, la obtención para el dominio público municipal de las redes públicas locales previstas sobre las fincas descritas anteriormente y la materialización de la edificabilidad prevista en él sobre la zona edificable, una vez reconocido el interés público subyacente en las determinaciones del planeamiento y la función pública de su ejecución, tanto los titulares propietarios afectados como el Ayuntamiento de Móstoles, por medio de la escritura de reparcelación voluntaria que en su día se informó favorablemente, por unanimidad acordaron aprobar la reparcelación voluntaria en ejecución del planeamiento, cediendo e inscribiendo en el Registro de la Propiedad, el suelo de redes públicas locales y localizando el aprovechamiento en zonas ­aptas para la edificación.

Con dicha reparcelación se regulariza la ocupación sin título de las fincas aportadas renunciando los titulares a recibir indemnización alguna por ello.

Por su parte señalaremos que el artículo 87 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid establece los “criterios” a los que debe ajustarse toda reparcelación.

Tercero.—En el presente supuesto el objetivo final de esta reparcelación es obtener legalmente las parcelas sobres la que en su día este Ayuntamiento actuó, sin obtenerlas previamente y evitar, mediante la escritura reparcelatoria, el ejercicio de acciones de la responsabilidad patrimonial por los titulares de las citadas parcelas.

Cuarto.—Una vez transcurrido sobradamente el período de información pública, sin que conste la presentación de alegaciones; una vez visto el informe técnico de 9 de junio de 2011, se informa favorablemente la aprobación definitiva del proyecto de reparcelación voluntaria por el órgano competente, en este caso la Junta de Gobierno Local, según lo establecido en el artículo 127 del la Ley 7/1985, de Régimen de Bases Local, si bien primero se someterá al acuerdo del Comité Ejecutivo de la Gerencia Municipal de Urbanismo para que este la eleve para su aprobación definitiva a la Junta de Gobierno Local. A continuación se deberá producir la certificación del proyecto de reparcelación y su remisión al Registro de la Propiedad para su debida inscripción y para dar cumplimiento a las exigencias de publicidad, entre otras, la contenida en el artículo 26 de RMPA, deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tablones de edictos de la Casa Consistorial y Juntas de Distrito y, en su caso, en los organismos autónomos así como en la web municipal.

Se propone a la Junta de Gobierno Local, de acuerdo con lo anteriormente expuesto en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 135 del Reglamento Orgánico Municipal, se propone la adopción de la siguiente:

Primero.—Aprobación definitiva del proyecto de reparcelación voluntaria en el entorno de la plaza del Turia de Móstoles.

Segundo.—Remisión del anuncio de aprobación definitiva del proyecto de reparcelación voluntaria al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en orden a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 26 de RMPA, deberá también publicarse en los tablones de edictos de la Casa Consistorial y de las Juntas de Distrito y, en su caso, de los organismos autónomos así como en la web municipal.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de los miembros presentes, aprobar la propuesta de resolución anteriormente transcrita. Se rubrica marginalmente por la concejala-secretaria de la Junta de Gobierno Local, como fedataria, la copia simple de la escritura de reparcelación voluntaria, otorgada por el Ayuntamiento de Móstoles y doña María Teresa y don Francisco Javier Rodríguez Francos y la entidad mercantil “Servicios Inmobiliarios SERINSA, Sociedad Anónima”, ante el notario don Ángel Gabriel Godoy Encinas, con número de protocolo 255 y fecha 8 de marzo de 2011».

Igualmente, se acuerda, por unanimidad de los miembros presentes, comunicar a la Unidad de Patrimonio y al Inventario Municipal de Bienes la presente resolución para su conocimiento y a los efectos oportunos.

Y para que conste y surta sus efectos, con la advertencia establecida en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades ­Locales, y a reserva de lo que resulte de la aprobación del acta, expido la presente de orden y con el visto bueno del alcalde-presidente, en Móstoles, a 6 de julio de 2011.

Móstoles, a 6 de septiembre de 2011.—El concejal-delegado de Urbanismo, Alberto Rodríguez de Rivera Morón.

(02/7.801/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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