Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 220

Fecha del Boletín 
16-09-2011

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110916-70

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 2

EDICTO

70
Procedimiento 1.336 de 2009

En el procedimiento número 1.336 de 2009 se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el ­siguiente:

Acuerdo:

Primero.—Aprobar la propuesta de inventario efectuada a instancias de la procuradora doña Belén Arce Cantano, en nombre y representación de doña Yolanda Alonso Arce, contra don Salvador Baladez Solano, y que a continuación se detalla.

1.o Activo:

1. Parcela sita en la calle Velázquez, número 2, de Meco. Ocupa una superficie aproximada de 504 metros cuadrados.

Le pertenece una mitad a doña Yolanda Alonso Arce, en virtud de escritura de compraventa otorgada ante el notario de Torrejón de Ardoz, don José María Piñar Gutiérrez, el día 9 de marzo de 1995. Se halla inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Henares al tomo 3539, libro 111, folio 117, finca 8.187.

Le pertenece otra mitad indivisa a don Salvador Baladez Solano por compraventa a don Tomás Vigara Gala, según consta en escritura otorgada en Alcalá de Henares el día 11 de diciembre de 1997.

2. Derecho de copropiedad: derecho de uso sobre turno turístico en sistema flotante de EDO-Internacional Sol adquirido en virtud de contrato de compraventa de 21 de julio de 2005.

3. Vehículo con matrícula 8703-CZW, modelo 407 STCONF PK HDI 136, bastidor número VF36DRHRH21093227 y color oro blanco.

4. Vehículo con matrícula 5439-CXZ, modelo 307 P/307 SW HDI 136 6 velocidades, con bastidor número VF33HRHRH83482053.

2.o Pasivo:

1. Préstamo hipotecario, otorgado en escritura autorizada por el notario de Alcalá de Henares, don José María Moreno González, el día 11 de diciembre de 1997, con el número 3.848 de su protocolo. El principal del préstamo era de 3.800.000 de las antiguas pesetas.

2. Subrogación de préstamo con garantía hipotecaria, otorgado en escritura autorizada por el notario de Torrejón de Ardoz, don José Gómez de la Serna Nadal, el día 18 de diciembre de 1998, por importe de 12.758.815 de las antiguas pesetas.

3. Escritura de préstamo hipotecario autorizada por el notario de Meco, don José ­María Moreno González, el día 20 de febrero de 1998, por un importe de 22.838,46 euros.

4. Póliza de préstamo número 5.575.911/54, de 18 de diciembre de 1998, otorgada por “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”, oficina 2207, cuyo importe asciende a la cantidad de 6.000 euros.

5. Póliza de préstamo número 7.048.425/46, de 8 de marzo de 2002, otorgada por “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”, oficina 2207, cuyo importe asciende a la cantidad de 24.000 euros.

6. Póliza de préstamo número 8.249.605/02 de 30 de abril de 2004, otorgada por “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”, oficina 2207, cuyo importe asciende a la cantidad de 22.300 euros.

7. Novación modificativa de préstamo hipotecario otorgada por “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid” a favor de don Salvador Beladez Solano y doña Carmen Yolanda Alonso Arce, autorizada por el notario de Torrejón de Ardoz, don Carlos Molinuelo Gil de Vergara, el día 25 de mayo de 2005, con el número 1.369 de su protocolo. En virtud de la novación referida se llevó a cabo una ampliación de capital por importe de 72.115,53 euros.

8. Novación modificativa de préstamo hipotecario otorgada por “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid” a favor de don Salvador Beladez Solano y doña Carmen Yolanda Alonso Arce, autorizada ante el notario de Torrejón de Ardoz, don Carlos Molinuevo Gil de Vergara, el día 9 de agosto de 2005, con el número 2.072 de su protocolo. En virtud de la novación referida se llevó a cabo una ampliación de capital.

9. Novación modificativa de préstamo hipotecario, otorgada por “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid” a favor de don Salvador Beladez Solano y doña Carmen Yolanda Alonso Arce, autorizada ante el notario de Torrejón de Ardoz, don Carlos Molinuevo Gil de Vergara, el día 9 de agosto de 2005, con el número 2.073 de su protocolo. En virtud de la novación referida se llevó a cabo una ampliación de capital por importe de 48.364,35 euros.

10. Póliza de préstamo número 9.178.789/59, de 3 de octubre de 2005, otorgada por “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”, oficina 1768, cuyo importe asciende a la cantidad de 19.700 euros.

3.o Derecho de crédito a favor de doña Yolanda Alonso Arce, que resulta de:

— Gastos de diversa índole que doña Yolanda Alonso Arce ha soportado unilateralmente y que corresponden en su integridad, a la sociedad conyugal.

Ha abonado la cantidad de 72.792,37 euros correspondientes a facturas, impuestos, ­hipotecas y otros conceptos con ocasión de la vivienda conyugal, en el período que comprende desde junio del año 2006 hasta abril de 2009.

— Conjunto de facturas abonadas a don Salvador Baladez Solano durante los años 2002 hasta 2006. Son ingresos que ha recibido don Salvador Baladez Solano en concepto de trabajos de transporte por él desempeñados.

Segundo.—Expedir testimonio de la presente resolución para su unión a los autos uniendo el original al legajo correspondiente.

Modo de impugnación: recurso de apelación en el plazo de cinco días, desde la notificación de esta resolución, ante este Tribunal.

Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el ministerio fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u Organismo Autónomo dependiente.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el “Datos de Órgano Judicial” en la cuenta de este expediente indicando, en el campo “concepto” la indicación “recurso” seguida del código “02 Civil-Apelación”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación “recurso” seguida del código “02 Civil-Apelación”.

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo “observaciones” la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—El juez-magistrado (firmado).—El secretario (firmado).

Y dado el ignorado paradero de don Salvador Baladez Solano, extiendo el presente para que sirva de notificación en forma, conforme al artículo 497 de la LEC.

En Alcalá de Henares, a 22 de junio de 2011.—El secretario (firmado).

(02/7.803/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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