Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
26-08-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110826-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

71
Ejecución 53 de 2010

Doña Paloma Zotes Alijas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 53 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Fernández Hijicos Gutiérrez, contra las empresas “Esfera Estructuras y Ferrallas, Sociedad Anónima”, y “Perfil Europeo Comercializado, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto suspendiendo la ejecución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 27 de julio de 2011.—Dada cuenta; por presentado el anterior escrito por la parte ejecutante, únase a los autos de su razón, y en base a la siguiente

Parte dispositiva:

Por su señoría se acuerda: Se deja en suspenso, en su actual estado, la tramitación de las presentes actuaciones respecto a la empresa ejecutada “Perfil Europeo Comercializado, Sociedad Limitada”, por hallarse declarada en situación de concurso, sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda dar a los créditos declarados en la sentencia recaída, a cuyo fin podrá instarse la ejecución ante el magistrado-juez del concurso (Juzgado de lo mercantil número 1, procedimiento número 563 de 2010).

Asimismo, habiendo culminado las actuaciones acordadas en orden a la obtención, traba y puesta a disposición de bienes de la empresa ejecutada “Esfera Estructuras y Ferrallas, Sociedad Anónima”, sin que las actuaciones o indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la actualidad ejecutada, y atendiendo a los precedentes indicados, al haber sido declarada insolvente por el Juzgado de lo social número 23 de Madrid, procédase a dictar insolvencia, y antes de ello, conforme a lo previsto en el artículo 274.3 de la Ley de Procedimiento Laboral, dese audiencia previa a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial por término de diez días para que puedan señalar, en su caso, la existencia de nuevos bienes.

Se accede a lo solicitado y hágase entrega a la parte actora de testimonio de la sentencia recaída en este procedimiento, del auto de extinción de la relación laboral, del auto despachando ejecución y del presente proveído, así como copia de la demanda.

Archívense provisionalmente las presentes actuaciones.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Esfera Estructuras y Ferrallas, Sociedad Anónima”, y “Perfil Europeo Comercializado, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de julio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.630/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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