Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
26-08-2011

Sección 1.2.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110826-1

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

1
ORDEN de 1 de agosto de 2011, por la que se convoca un puesto de trabajo para su provisión por el procedimiento de Libre Designación (artículo 55), en la Consejería de Sanidad.

El artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, prevé la posibilidad de efectuar convocatorias públicas para la provisión de puestos de trabajo abiertas a funcionarios de otras Administraciones Públicas, bien por la especialidad de las actividades encomendadas, bien porque las necesidades del servicio así lo aconsejen, siempre que esta posibilidad esté prevista en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

Estando vacante el puesto de trabajo que se indica y concurriendo las circunstancias exigidas en el precepto citado, la Consejería de Sanidad ha propuesto su convocatoria, por el procedimiento de Libre Designación previsto en el artículo 49.1 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, al amparo del reiterado artículo 55 de la misma Ley.

En virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de noviembre de 2001 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de noviembre), por el que se delega la competencia a la que se refiere el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril,

DISPONGO

Primero

Objeto

Se convoca, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, el puesto de trabajo que se indica en la presente Orden. La provisión de dicho puesto se realizará por el procedimiento de Libre Designación, de acuerdo con lo establecido en la relación de puestos de trabajo, por la especial responsabilidad y confianza que supone el ejercicio de las funciones que tiene asignadas.

Segundo

Normativa aplicable

La presente convocatoria se regirá, en todo lo referente a su organización y desarrollo, por lo dispuesto en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos de trabajo por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre); y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril).

Tercero

Requisitos

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensables que se indican para el desempeño del puesto de trabajo en cuanto a la Administración de pertenencia, Grupo de titulación, Cuerpo, Escala y especialidad y, en su caso, titulación exigida.

Dichos requisitos, así como los méritos que se aleguen, deberán referirse al día de la publicación de la presente convocatoria y deberán mantenerse hasta la resolución del procedimiento de provisión.

Cuarto

Condiciones de participación

1. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria se encuentren en servicio activo o quieran reingresar, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente.

2. Los funcionarios en excedencia por interés particular podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación, contados hasta la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria.

3. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.

Quinto

Solicitudes

1. El modelo de solicitud para provisión de puestos de trabajo será el recogido como Anexo I en la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban nuevos modelos de impresos relativos a los procesos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto; corrección de errores BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de septiembre).

Las solicitudes deberán ir acompañadas de certificado emitido por el Registro de Personal de la Comunidad de Madrid.

2. Los funcionarios de otras Administraciones Públicas que soliciten el puesto de referencia deberán sustituir el certificado emitido por el Registro de Personal de la Comunidad de Madrid, al que se refiere el apartado anterior, por el Anexo que acompaña a la presente Orden, debidamente cumplimentado y firmado por el titular del órgano encargado del Registro de Personal de su Administración de origen.

3. Los funcionarios de otras Administraciones Públicas que estén ocupando un puesto de trabajo de forma provisional en la Comunidad de Madrid en el momento de publicarse la presente Orden deberán aportar, además del certificado emitido por el Registro de Personal de la Comunidad de Madrid, el Anexo que acompaña a la presente Orden, debidamente cumplimentado y firmado por el titular del órgano encargado del Registro de Personal de su Administración de origen.

Sexto

Presentación y plazo

De conformidad con lo establecido en el artículo 2, base segunda, de la Orden 923/1989, de 20 de abril, las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad y se presentarán, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria, en el Registro de dicha Consejería o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptimo

Personal seleccionado

En el caso de resultar seleccionado para la cobertura del puesto al que se refiere la presente convocatoria un funcionario procedente de otra Administración Pública, el interesado no adquirirá la condición de funcionario propio de la Comunidad de Madrid, pero se integrará en la Administración de esta en la forma prevista en el artículo 55, párrafo segundo, de la Ley 1/1986, de 10 de abril.

Octavo

Recursos

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Dado en Madrid, a 1 de agosto de 2011.—El Consejero de Economía y Hacienda, PD (Acuerdo de Consejo de Gobierno de 15 de noviembre de 2001, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de noviembre de 2001), Percival Manglano Albacar.

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE LIBRE DESIGNACIÓN (ARTÍCULO 55) EN LA CONSEJERÍA DE SANIDAD





(03/29.479/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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