Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
18-07-2011

Sección 1.4.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110718-32

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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Resolución de 29 de junio de 2011, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 1454/2011, de 28 de abril, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por doña Isabel Fernández Iglesias contra la Resolución de 24 de abril de 2009, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.

Intentada sin efecto la notificación de la Orden 1545/2011, de 28 de abril, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por doña Isabel Fernández Iglesias, contra la Resolución de 24 de abril de 2009, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, dictada en el expediente de solicitud de cambio de vivienda o permuta, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto el recurso de alzada interpuesto por doña Isabel Fernández Iglesias contra la Resolución de 24 de abril de 2009, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, dictada en el expediente de solicitud de cambio de vivienda o permuta, se constatan los siguientes

HECHOS

Primero

Doña Isabel Fernández Iglesias, propietaria de la vivienda sita en la calle Cayetano Rodríguez, número 1l, bajo, en Madrid, presentó solicitud de cambio de vivienda por estar en malas condiciones de habitabilidad. Previo examen del expediente, la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación dictó Resolución el 24 de abril de 2009, por la que se procedió a denegar la solicitud de cambio, por no cumplir el requisito establecido en el artículo 1 de la Orden de 5 de noviembre de 2001, de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se establecen las normas de procedimiento y requisitos para la concesión de cambios o permutas de viviendas, en desarrollo del Decreto 195/2000, de 31 de agosto, regulador del proceso de adjudicación de viviendas de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Notificada la Resolución anterior, doña Isabel Fernández Iglesias interpone recurso de alzada alegando, en síntesis, que se revise su solicitud, ya que tiene noventa años y vive en pésimas condiciones de habitabilidad e inseguridad en su vivienda.

Tercero

Consta en el expediente que la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación ha emitido el informe al que se refiere el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el que se propone desestimar el recurso de alzada interpuesto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia para resolver el recurso de alzada interpuesto corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 57 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Segundo

El artículo 1 de la Orden de 5 de noviembre de 2001, de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se establecen las normas de procedimiento y requisitos para la concesión de cambios y permutas de viviendas, en desarrollo del Decreto 195/2000, de 31 de agosto, regulador del proceso de adjudicación de viviendas en la Comunidad de Madrid, establece que es objeto de la misma regular el procedimiento y requisitos necesarios para autorizar el cambio o permuta en la titularidad de los contratos de viviendas que formen parte del Patrimonio del Instituto de la Vivienda de Madrid.

En el presente supuesto, examinada la documentación obrante en las actuaciones, queda acreditado que la vivienda sita en la calle Cayetano Rodríguez, número 11, bajo, de Madrid, no forma parte del patrimonio del Instituto de la Vivienda de Madrid, motivo por el cual no puede procederse al cambio o permuta de una vivienda que está fuera del patrimonio de dicho Organismo.

En su virtud, de acuerdo con el informe de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación en el que se propone la desestimación del recurso de alzada interpuesto y a propuesta de la Secretaría General Técnica,

DISPONGO

Desestimar el recurso de alzada interpuesto por doña Isabel Fernández Iglesias contra la Resolución de 24 de abril de 2009, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, dictada en el expediente de solicitud de cambio de vivienda o permuta y confirmar la Resolución recurrida en todos sus términos, por ser la misma conforme a derecho.

Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente notificación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 29 de junio de 2011.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/24.414/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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