Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
05-07-2011

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110705-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MANZANARES EL REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

59
Providencias apremio

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y vistas las diligencias practicadas en relación a los expedientes que se están tramitando de este Ayuntamiento por infracciones al Reglamento General Tributario, se hacen públicas las providencias de apremio de los expedientes sancionadores que se indican, provenientes de deudas originadas por sanciones de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, instruidos en virtud de denuncias formuladas, tramitados según dispone el capítulo primero del título VI del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, y el Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, dictadas por la tesorera de este Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 68.4 del Real Decreto Legislativo 339/1990 y 124.4.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, se notifican mediante el presente anuncio las providencias de apremio.

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ART. = Artículo; R.G.C. = Reglamento General de Circulación; SUSP = Meses de suspensión; REQ = Requerimiento; PTOS = Puntos.

Contra este acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de dicho orden, en el plazo de dos meses, contando a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo previsto en el artículo 46, en relación con el artículo 8, ambos de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

La multa deberá hacer efectiva en el plazo de quince días hábiles siguientes a la fecha de su publicación. Vencido este plazo de pago voluntario sin haberla satisfecho, se llevará a cabo la vía ejecutiva con el 20 por 100 de recargos, intereses de demora y costas.

La forma de pago será en cualquier sucursal de la red de oficinas de “Caja Madrid”, número de cuenta 2038 2264 13 6000216086, indicando el número del expediente sancionador y la matrícula.

Manzanares el Real, 2011.—La tesorera del Ayuntamiento, Concepción González Matías.

(02/5.821/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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