Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
05-07-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110705-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

OTROS ANUNCIOS

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Convocatoria pública de solicitud subvención anual año 2011

Vista la convocatoria pública de solicitud de subvención anual para el año 2011, aprobada por decreto 876/2011, de 1 de febrero, dirigida a todas las entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto social es la promoción y/o difusión del medio ambiente, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 59, de 11 de marzo de 2011.

Que transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, ha sido examinada y valorada la documentación aportada por los solicitantes, y a la vista del Informe de Valoración emitido por el Órgano Colegiado el 26 de abril de 2011 se ha emitido propuesta de resolución provisional por el Órgano Instructor mediante decreto 4610/2011, de 6 de mayo.

Transcurrido el plazo para la presentación de alegaciones sin que se haya formulado ninguna por los interesados, la propuesta de resolución provisional se ha elevado a definitiva sin necesidad de ulterior trámite.

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la bases reguladoras de la convocatoria, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de junio de 2010, y en el artículo 25 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, he resuelto:

1. Conceder a las asociaciones locales de carácter medioambiental que a continuación se relacionan una subvención por el importe económico que se indica:

— Asociación Bonsái Alcobendas: 2.690 euros.

— Asociación Suiseki: 1.614 euros.

— Asociación Canaricultores Reunidos: 2.636 euros.

— Asociación Club de Postura: 1.560 euros.

2. Autorizar y disponer el gasto correspondiente a favor de cada una de las asociaciones solicitantes y proyectos que han obtenido subvención por las cantidades antes relacionadas. Para el gasto propuesto existe consignación adecuada y suficiente en la partida 403 91202 48900 del presupuesto vigente.

3. Notificar el presente decreto a los beneficiarios, que deberán aceptar la subvención concedida en el plazo máximo de ocho días, contados a partir de la recepción de su notificación, bien mediante escrito dirigido al Departamento Municipal de Medio Ambiente, bien mediante comparecencia personal en el citado Departamento. La no comunicación de la aceptación será considerada como renuncia a la adjudicación propuesta.

4. La aceptación de esta subvención por parte de la asociaciones beneficiarias conllevará:

— Obligación de justificar la utilización de los fondos antes del 31 de diciembre del presente año.

— Obligación de justificar los gastos con anterioridad al pago de la subvención, pudiendo efectuar justificaciones parciales que conllevarán el abono de la cuantía justificada.

— La aplicación del régimen de responsabilidades, infracciones y sanciones establecidas en la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

— Las demás obligaciones señaladas en la ordenanza subvenciones excepcionales.

5. Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la revista municipal “Siete días”.

Alcobendas, a 3 de junio de 2011.—El alcalde (artículo 194.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen General Electoral), Ignacio García de Vinuesa.

(02/5.701/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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