Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
24-06-2011

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110624-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7

EDICTO

64
Procedimiento ordinario 123 de 2010

En el procedimiento ordinario número 123 de 2010, seguido a instancias de “Banco Santander, Sociedad Anónima”, frente a doña Eva Victoria Poma Cornejo, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada a instancias de la mercantil “Banco Santander, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los tribunales señora Elvira Ruiz, contra doña Eva Victoria Poma Cornejo, en situación de rebeldía procesal en los presentes autos, debo declarar y declaro resuelto el contrato de préstamo suscrito entre ambas partes de fecha 22 de enero de 2007, condenando a la demandada a abonar a la mercantil actora la cantidad de 41.820,97 euros, más los intereses legales de la citada cantidad desde la fecha de la interposición de la demanda hasta su completo pago, todo ello con expresa condena a la demandada de las costas del presente procedimiento.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a su notificación.

De conformidad con lo previsto en la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, después de la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, con carácter previo a la interposición de recursos contra las resoluciones dictadas por este tribunal, deberá consignarse, mediante depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, la cantidad de 25 euros para recurrir en reposición y 50 euros para hacerlo en apelación.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el señor magistrado-juez que la dictó, estando el mismo celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la secretaria, doy fe, en Leganés, a fecha anterior.

Y encontrándose dicha demandada doña Eva Victoria Poma Cornejo en paradero desconocido, se expide la presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Leganés, a 30 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(02/5.582/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110624-64