Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
24-06-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110624-54

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

54
Procedimiento ordinario 1.884 de 2010

Doña Carmen del Río Diéguez, secretaria judicial sustituta del Juzgado de primera instancia número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en dicho Juzgado y con el número 1.884 de 2010 se tramita procedimiento ordinario a instancias de “Banesto” contra doña Doris Ysabel Campos Luna-Victoria, en el que se ha dictado la sentencia cuyos encabezamiento y parte dispositiva se transcriben a continuación:

Sentencia número 92 de 2011

En Madrid, a 7 de abril de 2011.—Vistos por el magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 38 de Madrid, don Jaime Miralles Sangro, los presentes autos seguidos con el número 1.884 de 2010 de juicio declarativo ordinario, a instancias de “Nazco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Manuel Lanchares Perlado y defendida por la abogada doña Elena González Díaz, contra doña Doris Isabel Campos Luna-Victoria, en rebeldía; sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Uno.—Con estimación de la demanda interpuesta por “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Manuel Lanchares Perlado, contra doña Doris Isabel Campos Luna-Victoria, en rebeldía;

Dos.—Condeno a doña Doris Isabel Campos Luna-Victoria al pago de 9.305,95 euros de principal, así como al pago de los intereses pactados en la póliza de contrato de préstamo de 5 de octubre de 2007 que figura en fotocopia a los folios 20 a 23 de los autos, respecto de un principal de 9.112 euros y desde el 17 de mayo de 2010 al tipo del 29 por 100; y en el contrato de cuenta de 22 de septiembre de 1998 que figura a los folios 29 y 30, respecto de un principal de 193,95 euros y desde el 17 de mayo de 2010 al tipo del 9,57 por 100; y desde la fecha de la presente resolución, de los intereses de la mora procesal, del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil;

Tres.—Por último, condeno a la demandada al pago de las costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con expresión de que:

a) Contra la misma cabe recurso de apelación, que habrá de interponerse , en su caso, en el plazo de cinco días ante este mismo Juzgado mediante escrito de preparación de dicho recurso que se limitará a citar la resolución apelada y a manifestar la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna, conforme a lo dispuesto por los artículos 455.1 y 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y ello para su posterior tramitación y resolución por la Audiencia Provincial de Madrid;

b) Asimismo, con el escrito de preparación del recurso de apelación deberá acreditar haber constituido el depósito requerido por la disposición adicional decimoquinta, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, añadida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 4 de noviembre de 2009), de 50 euros, mediante su consignación en la cuenta de consignaciones y depósitos titularidad de este Juzgado en “Banesto, Sociedad Anónima”, con apercibimiento de que, de no verificarlo, no se admitiría el recurso cuyo depósito no esté constituido.

Así, por esta sentencia, lo acuerdo y firmo.

Publicación de sentencia.—En el mismo lugar y fecha antes expresados, extendida y firmada la anterior sentencia, es entregada en la Secretaría de este Juzgado de primera instancia número 38 de Madrid para su notificación, dándose publicidad en legal forma, conforme a lo establecido por el artículo 212.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, incorporada al libro correspondiente, y se expide testimonio para su unión a sus autos, de lo que la secretaria judicial da fe.

Y para que conste y sirva de notificación a la demandada, en ignorado paradero, doña Doris Ysabel Campos Luna-Victoria, expido el presente para su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 31 de mayo de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/5.544/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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