Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
24-06-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110624-55

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50

EDICTO

55
Juicio verbal 1.212 de 2010

En Madrid, a 30 de mayo de 2011.—Por la presente y en virtud de lo acordado en juicio verbal 1.212 de 2010, seguidos en este Juzgado por la comunidad de propietarios de la calle Humanes, número 29, de Madrid, representada por el procurador don Alejandro Viñambres Romero, contra doña Consuelo Huertas Cerro, los ignorados herederos de don Rafael García Garrido y herencia yacente de don Rafael García Garrido, se les notifica la sentencia la sentencia a los ignorados herederos de don Rafael Garrido y herencia yacente de don Rafael García Garrido, dado su ignorado paradero, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que, estimando la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios de la calle Humanes, número 29, de Madrid, representada por el procurador don Alejandro Viñambres Romero, contra la herencia yacente e ignorados herederos de don Rafael García Garrido y contra doña María Consuelo Huertas Cerro, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 4.254,72 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda y las costas procesales del presente procedimiento.

Así por esta mi sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, definitivamente juzgando en la instancia, los pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Debiéndose consignar en la cuenta del Juzgado (código de cuenta 2544) la cantidad de 50 euros en concepto de depósito para recurrir, indicándose la clase y número de procedimiento, así como la fecha de la resolución recurrida. No se admitirá a trámite el recurso si no se constituye este depósito, lo que deberá acreditarse ante este Juzgado mediante la presentación de copia del resguardo y orden de ingreso.

Y para que sirva de notificación a los ignorados herederos de don Rafael García Garrido y herencia yacente de don Rafael García Garrido, dado su paradero desconocido, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado, que firmo en Madrid a 30 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(02/5.632/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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