Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
23-05-2011

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110523-27

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2011, de la Dirección General del Medio Ambiente, por la que se anuncia la publicación de trámite de audiencia sobre controles de condicionalidad, campaña 2008.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilio de su destinatario del trámite de audiencia dictado por la Jefa de Área de Política Agraria Común, sobre las reducciones en las ayudas directas como consecuencia de los controles de condicionalidad, campaña 2008, que se relaciona en el Anexo Único,

HE RESUELTO

Ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el apartado 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992).

La competencia para dictar la presente Resolución le viene atribuida al Subdirector General de Política Agraria y Desarrollo Rural por Resolución de 4 de febrero de 2011, del Director General del Medio Ambiente, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se delega la firma de determinados actos en el Subdirector General de Política Agraria y Desarrollo Rural.

En dicho trámite de audiencia (que se encuentra en las dependencias de esta Dirección General, sita en ronda de Atocha, número 17, tercera planta, de Madrid), la Jefa de Área de Política Agraria Común comunica lo siguiente.

El Reglamento (CE) 1782/2003, del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, establece en su artículo 3 la obligación de cumplir los requisitos legales de gestión citados en su Anexo III y las buenas condiciones agrarias y medioambientales a cuyo cumplimiento estarán sujetos los productores que reciban pagos directos en el marco de la política agraria común.

Como consecuencia del acta de control realizada en su explotación con fecha 20 de junio de 2008 se han encontrado las irregularidades que se indican a continuación:

— El registro de animales no está cumplimentado de acuerdo a la normativa. Artículo 5 Reglamento (CE) 21/2004.

Este hecho supone una reducción en el importe de sus ayudas directas de un 1 por 100 de acuerdo con la circular del FEGA número 28/2008, sobre criterios para la aplicación de las reducciones y exclusiones por condicionalidad previstas en el Reglamento (CE) número 796/2004 y en el Reglamento (CE) número 1975/2006.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos, dándole un plazo, de acuerdo con la Ley de Procedimiento Administrativo, de diez días para alegaciones, que podrán presentar en esta Dirección General del Medio Ambiente, Área de Política Agraria Común, ronda de Atocha, número 17, tercera planta, 28012 Madrid.

Madrid, a 23 de marzo de 2011.—Por Resolución de 4 de febrero de 2011 del Director General del Medio Ambiente, el Subdirector General de Política Agraria y Desarrollo Rural, Enrique Menéndez Sanjurjo.

ANEXO ÚNICO

NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA

Interesado. — NIF. — Último domicilio conocido. — Órgano competente para resolver y norma que le atribuye tal competencia. — Hechos

Santiago González Velarde. — 50952917-M. — Camino de las Zorreras, número 3 (Perales del Río), 28909 Getafe (Madrid). — La competencia para dictar la presente Resolución le viene atribuida al Subdirector General de Política Agraria y Desarrollo Rural por Resolución de 4 de febrero de 2011, del Director General del Medio Ambiente, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se delega la firma de determinados actos en el Subdirector General de Política Agraria y Desarrollo Rural. — Trámite de audiencia de la Jefa del Área de Política Agraria Común de 21 de diciembre de 2009, por el que se comunica que, como consecuencia de los controles de condicionalidad se han encontrado irregularidades en su explotación, que suponen una reducción en el importe de las ayudas directas de un 1 por 100 de acuerdo con la circular del FEGA número 28/2008, sobre criterios para la aplicación de las reducciones y exclusiones por condicionalidad previstas en el Reglamento (CE) número 796/2004 y en el Reglamento (CE) número 1975/2006.

(03/17.430/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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