Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
23-05-2011

Sección 1.2.90.70: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110523-9

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO “GREGORIO MARAÑÓN”

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Resolución de 13 de abril de 2011, del Gerente, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la Resolución de 14 de diciembre de 2010, por la que se acuerda declarar a don Juan José Soro Novella deudor de cantidad a favor de la Comunidad de Madrid.

Este hospital ha dictado la Resolución de referencia, por la que se acuerda declarar a don Juan José Soro Novella, NIF 50296784-Q, deudor de cantidad a favor de la Comunidad de Madrid. La notificación a don Juan José Soro Novella, se ha intentado conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar la Resolución de 14 de diciembre de 2010, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa a don Juan José Soro Novella de que también se efectúa la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Madrid, a 13 de abril de 2011.—El Gerente del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”, Antonio Barba Ruiz de Gauna.

ANEXO

Resolución de fecha 14 de diciembre de 2010, del Gerente del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”, por la que se acuerda declarar a don Juan José Soro Novella, deudor de cantidad a favor de la Comunidad de Madrid.

RESOLUCIÓN DE EXPEDIENTE DE REINTEGRO

Visto que ha transcurrido el plazo de diez días expresado en la notificación de fecha 12 de julio de 2007, para el trámite de audiencia concedido a don Juan José Soro Novella, con NIF 50296784-Q, sin haber presentado este trabajador alegación alguna ni haber realizado el reintegro de la deuda indicada en la mencionada notificación, por importe de 1.135,61 euros, y, conforme a lo establecido en el artículo 5.2 de la Orden de 23 de mayo de 2001, del Consejero de Presidencia y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de junio de 2001),

RESUELVO

Declarar deudor de la Hacienda de la Comunidad de Madrid a don Juan José Soro Novella, con NIF 50296784-Q, por el importe de 1.135,61 euros, correspondiente al pago que se efectuó en la nomina de septiembre de 2006 y percibidos indebidamente en la finalización del contrato de fecha 23 de julio de 2008.

El período de pago voluntario se iniciará a la fecha de la recepción de la notificación de esta Resolución, de acuerdo a lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, y que son los siguientes:

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Podrá realizar la cancelación de la deuda, que pondrá fin al procedimiento de reintegro, mediante el abono de la correspondiente cantidad adeudada a través de la presentación del impreso normalizado de la Dirección General de Tributos, modelo 039 que se adjunta, en cualquier sucursal de las siguientes entidades bancarias: “Banesto”, “BBVA”, “Cajaduero”, “Cajamadrid”, “La Caixa” y “Banco Sabadell”, debiendo remitir el ejemplar para la Administración a la Unidad de Nóminas de la Dirección de Gestión de Recursos Humanos de este Hospital, sito en el Pabellón Administrativo, segunda planta, despacho número 6.

Si transcurrido el período de pago voluntario, no ha sido cancelada la deuda, se procederá a su cobro mediante el procedimiento recaudatorio por la vía de apremio, con el correspondiente devengo del recargo de apremio, intereses de demora y costas que legalmente correspondan.

Haciéndole constar al interesado que contra la presente Resolución podrá formular demanda en la vía jurisdiccional social a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo a lo establecido en el artículo 69 de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobada por Real Decreto 2/1995, de 7 de abril, antes de lo cual deberá interponer reclamación previa ante el Consejero de Sanidad y Consumo, de acuerdo a lo indicado en los artículos 120 y 125 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro sistema de impugnación que considere oportuno.

Madrid, a 14 de diciembre de 2010.—El Gerente del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”, Antonio Barba Ruiz de Gauna.

(03/17.415/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.90.70: I. COMUNIDAD DE MADRID

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