Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
21-05-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110521-82

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

82
Demanda 1.568 de 2010

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.568 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marta Moya de Rica, contra la empresa “Buffer Logistic, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 12 de abril de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 186 de 2011

En Madrid, a 12 de abril de 2011.—Doña Marta del Carmen Camargo Sánchez, magistrada-juez sustituta en refuerzo del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, doña Marta Moya de Rica, que comparece con asistencia de la letrada doña Ana Belén Vicente Miñarro, y de otra, como demandados, “Buffer Logistic, Sociedad Limitada”, y su administradora consursal doña Beatriz Martí Sánchez, que no comparecen pese a estar citadas en forma, y Fondo de Garantía Salarial que tampoco comparece habiendo sido citado, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos legales señalados y demás de pertinente aplicación,

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda de la actora doña Marta Moya de Rica y declaro improcedente su despido, efectuado por “Buffer Logistic, Sociedad Limitada”, con efectos de 5 de noviembre de 2010. En consecuencia, debo condenar y condeno a “Buffer Logistic, Sociedad Limitada”, a que opte en el plazo de cinco días, contados desde la notificación de esta sentencia, entre la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones que regían antes del despido, o en otro caso, a la extinción de su contrato de trabajo con abono de la indemnización que queda fijada en la cantidad de 16,763,78 euros.

En ambos casos, la empresa demandada está obligada a abonar a la actora los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia a razón de 1.812.37 euros mensuales con inclusión de prorrata de pagas extras, pudiendo deducir lo que la trabajadora haya percibido por prestación por desempleo, por incapacidades, por trabajar para otra empresa o que no hubiera percibido por el tiempo que hubiera estado en reducción de jornada.

“Buffer Logistic, Sociedad Limitada”, y su administradora concursal doña Beatriz Martí Sánchez y el Fondo de Garantía Salarial deberán estar y pasar por las anteriores declaraciones.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguiente a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con la indicación del número de procedimiento, en la sucursal de “Banco Español de Crédito”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Buffer Logistic, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.296/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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