Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 114

Fecha del Boletín 
16-05-2011

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110516-130

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

130
Procedimiento ordinario 550 de 2009

En el procedimiento ordinario número 550 de 2009 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Parla, a 1 de septiembre de 2010.—Doña María Dolores Palmero Suárez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de esta localidad, ha visto y examinado los precedentes autos de juicio ordinario, seguidos bajo el número 550 de 2009 ante este Juzgado, a instancias del procurador de los tribunales don Félix González Pomares, en nombre y representación procesal de don José Díaz Cruz, asistido del letrado don Luis Gonzaga López Blanco, contra los parientes y herederos desconocidos de doña Purificación Ignacia Arteche Larrea, declarados en rebeldía procesal, sobre declaración de herederos.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don Félix González Pomares, en nombre y representación procesal de don José Díaz Cruz, contra los parientes y herederos desconocidos de doña Purificación Ignacia Arteche Larrea, declarados en rebeldía procesal, debo declarar y declaro que don Evaristo Cruz Ruiz es único y universal heredero de su fallecida y causante esposa doña Purificación Ignacia Arteche Larrea sin hacer pronunciamiento en costas.

Al notificar esta sentencia a las partes, hágaseles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, conforme al artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que ha de prepararse por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitándose a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna conforme al artículo 457.2 de la citada Ley Procesal Civil, previa consignación de la cantidad de 50 euros.

Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos dejando el original en el libro de sentencias de este Juzgado, y que por la rebeldía de la parte demandada le será notificada mediante su publicación por edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o “Boletín Oficial del Estado”, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a los ignorados herederos de doña Purificación Ignacia Arteche Larrea, se expide la presente en Parla, a 21 de septiembre de 2010.—El secretario (firmado).

(02/3.836/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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