Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 114

Fecha del Boletín 
16-05-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110516-135

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

135
Demanda 1.226 de 2009

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.226 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Estalayo Labrador y doña María del Pilar Moreno Bermejo, contra don Miguel Bendito Santonja, doña Petra López González y “Contenidos en Papel y Más, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pellegrini.—En Madrid, a 17 de marzo de 2011.

El anterior escrito de fecha 7 de marzo de 2011 presentado por la parte actora, únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta según sentencia de fecha 16 de marzo de 2010 a don Miguel Bendito Santonja, doña Petra López González y “Contenidos en Papel y Más, Sociedad Limitada”, en favor de los demandantes don Jesús Estalayo Labrador y doña María del Pilar Moreno Bermejo, y previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, segunda planta, de Madrid, el día 24 de mayo de 2011, a las once y treinta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión.

Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Miguel Bendito Santonja, doña Petra López González y “Contenidos en Papel y Más, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.024/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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