Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
09-05-2011

Sección 1.2.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110509-7

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

7
RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2011, de la Dirección General de Recursos ­Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a la exclusión de aspirantes del proceso selectivo para el acceso a la condición de personal ­estatutario fijo en plazas de Médicos Especialistas en Pediatría de Atención ­Primaria del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, por incumplimiento de requisitos.

Por Resolución de 28 de enero de 2008, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Sanidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de febrero de 2008), se convocaron pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Médicos Especialistas en Pediatría de Atención Primaria del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.

Dicha Resolución, en su base 2.1 establece los requisitos que deberán reunir los aspirantes para ser admitidos a la realización de estas pruebas, disponiendo el apartado 2.3 de la misma base que “los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión”.

En la solicitud de participación en el proceso selectivo, los aspirantes declararon que eran ciertos los datos consignados en ella y que reunían los requisitos establecidos en la Resolución de la convocatoria del mencionado proceso, comprometiéndose a probarlos documentalmente.

La base 6.10 de la convocatoria establece que si el Tribunal, en cualquier momento del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Médicos Especialistas en Pediatría de Atención Primaria del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, ante las dudas fundadas del incumplimiento de requisitos establecido en la base segunda de la convocatoria y una vez realizado el procedimiento regulado en el apartado décimo de la base sexta, acordó por unanimidad proponer al órgano convocante la exclusión del proceso selectivo los aspirantes que se relacionan en el Anexo adjunto a esta Resolución.

Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General, tras el examen de la documentación obrante en el expediente y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud de lo establecido en el apartado f) del artículo 10 del Decreto 23/2008, de 3 de abril, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,

HA RESUELTO

Primero

Excluir del proceso selectivo convocado por Resolución de 28 de enero de 2008, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Sanidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de febrero de 2008), para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Médicos Especialistas en Pediatría de Atención Primaria del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid a los aspirantes que figuran en el Anexo adjunto a esta Resolución.

Segundo

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.

Dado en Madrid, a 4 de mayo de 2011.—El Director General de Recursos Humanos, Armando Resino Sabater.

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(03/16.446/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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