Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
05-05-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110505-129

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

129
Demanda 959 de 2010

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 959 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Justo Moreno Salovera, contra las empresas “Cubiertas Vallecas, Comunidad de Bienes”, “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 233 de 2011

En Madrid, a 28 de marzo de 2011.—Doña María Romero-Valdespino Jiménez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 11 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre Seguridad Social, entre partes: de una, y como demandante, don Justo Moreno Salovera, que comparece asistido del letrado don Juan Manuel García López, y de otra, como demandados, “Cubiertas Vallecas, Comunidad de Bienes”, que comparece defendida por don Juan Antonio Casesmeiro de los Heros; “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, que comparece defendida por el letrado don Carlos María Pérez-Roldán, e Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, que comparecen defendidos por la letrada doña María del Pilar Esteban Zaera, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que desestimo la demanda formulada por don Julio Moreno Salovera, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Cubiertas Vallecas, Comunidad de Bienes”, y “Mutua Fremap”, absolviendo a los demandados de las pretensiones deducidas en su contra.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cubiertas Vallecas, Comunidad de Bienes”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.212/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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