Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
05-05-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110505-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

78
Demanda 1.292 de 2010

Doña Rosario Rodríguez Sánchez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.292 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Temnyk Volodymyr, contra la empresa “Talleres Merinometal, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 108 de 2011

En Madrid, a 7 de marzo de 2011.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de esta ciudad, el juicio promovido por cantidad, seguido con el número de autos 1.292 de 2010, a instancias de don Temnyk Volodymyr, representado por el letrado don Jaime Tomás Azorín, frente a la entidad “Talleres Merinometal, Sociedad Limitada”, que no comparece; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda planteada por don Temnyk Volodymyr, frente a la empresa “Talleres Merinometal, Sociedad Limitada”, condeno a la entidad demandada a abonar al actor la suma de 9.983 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Talleres Merinometal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.864/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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