Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
29-04-2011

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110429-245

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

NOTARÍA DE DON JOSÉ LUIS ELÍAS RODRÍGUEZ

245
Anuncio subasta

Yo, José Luis Elías Rodríguez, notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en Parla, y con despacho en esta última ciudad, plaza Los Hoyos, número 1.

Hago saber: Que, ante mí, se tramita procedimiento de venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, número de expediente provisional ER/01/2011, y que afecta a la siguiente finca:

Vivienda.—Piso tercero letra A, de la casa en la calle Real, número 88, de Parla (Madrid).

Tiene una superficie útil aproximada de 70 metros cuadrados.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1, de Parla, al tomo 854, folio 83, finca 14.155.

Que procediendo la subasta ante notario de la finca reseñada, la misma se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

1. Lugar: todas las subastas se celebrarán en el despacho notarial, sito en Parla (Madrid), plaza de Los Hoyos, número 1.

2. Día y hora: se señala para la primera subasta el día 15 de junio de 2011; para la segunda subasta, en su caso, el día 15 de julio de 2011; y para la tercera subasta, en su caso, el día 15 de septiembre de 2011.

Todas se celebrarán a las once horas.

3. Tipo: el tipo para la primera subasta de la finca es el de 266.213,24; para la segunda subasta, el 75 por 100 de la cantidad dicha; y la tercera subasta será sin sujeción a tipo.

4. Consignaciones: salvo el acreedor, todos los demás postores, sin excepción, para tomar parte en la primera o en la segunda subasta, deberán consignar en la notaría (mediante cheque bancario a nombre del notario) una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda; en la tercera subasta, el depósito consistirá en un 20 por 100 del tipo de la segunda subasta.

5. Documentación y advertencias: la documentación y la certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a. y 236.b. del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la notaría, de lunes a viernes, de diez a trece horas.

Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación.

Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

6. Adjudicación a calidad de ceder a tercero. Solo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a tercero.

Parla, a 6 de abril de 2011.—El notario (firmado).

(02/3.532/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS

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