Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
29-04-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110429-156

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

156
Demanda 1.060 de 2010

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.060 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Sánchez González, contra las empresas “Ambulancias Ángel de la Guarda, Sociedad Limitada”, “Residencia La Santina Dos, Sociedad Limitada”, y “Cepres Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado acta de conciliación y decreto aprobando conciliación, siguientes:

Acta de conciliación

En Madrid, a 27 de septiembre de 2010.—Siendo las once y cuarenta horas comparecen ante mí, la secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid, doña Almudena Ortiz Martín, y al objeto de celebrar el preceptivo acto de conciliación, comparecen: por la parte actora, don David Sánchez González, con documento nacional de identidad 70876402-Q; por la parte demandada, “Ambulancias Ángel de la Guarda, Sociedad Limitada”, representada por don Henry Luis Szurek, con número de identificación de extranjería X-0046885-B, que el trabajador reconoce como administrador de la empresa demandada, asistido por el letrado don Javier Antonio de Castro de Castro, con número de colegiado 74.133; “Residencia La Santina Dos, Sociedad Limitada”, y “Cepres Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, no comparecen.

Su señoría, la secretaria judicial, advierte a las partes de sus respectivos derechos y obligaciones, y a continuación y sin prejuzgar el contenido de una eventual sentencia, les exhorta a que lleguen a un acuerdo, lo que se consigue en los siguientes términos:

Con carácter previo a la manifestación del acuerdo conciliatorio, la parte actora desiste expresamente de las empresas “Residencia La Santina Dos, Sociedad Limitada”, y “Cepres Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”.

Por otra lado, la empresa “Ambulancias Ángel de la Guarda, Sociedad Limitada”, ofrece al trabajador por los conceptos de la demanda la cantidad neta de 6.000 euros, que será pagadera de la siguiente manera:

En este acto se hace entrega de la cantidad en metálico de 3.000 euros, y la restante cantidad de 3.000 euros se abonará el día 5 de octubre de 2010.

El trabajador acepta.

Decreto número 82 de 2010

Secretaria judicial, doña Almudena Ortiz Martín.—En Madrid, a 27 de septiembre de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo aprobar la avenencia alcanzada entre las partes en el día de la fecha y archivar las actuaciones.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, que se harán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cepres Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.367/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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