Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
28-04-2011

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110428-7

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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ORDEN de 28 de marzo de 2011, por al que se resuelve la concesión de los premios del Concurso Escolar “Consumópolis”, convocado por Orden de 26 de agosto de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda.

El Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad de Madrid, en virtud del artículo 27.10, el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de defensa del consumidor y del usuario, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado, las bases y la coordinación general de la Sanidad, en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y en los números 11.a, 13.a y 16.a del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución.

En virtud del Decreto 25/2009, de 18 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, se atribuye a la Dirección General de Consumo como competencia: “El diseño, la coordinación y la e jecución de actuaciones de información, formación y educación en materia de consumo”.

Por ello, mediante Orden de 26 de agosto de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, se ha procedido a realizar la convocatoria para el período 2010-2011 del Concurso Escolar “Consumópolis”, cuyo objetivo es fomentar la adquisición y consolidación de hábitos de consumo conscientes, sostenibles y solidarios.

Una vez valoradas las solicitudes presentadas en base a la Orden anteriormente citada, visto el fallo del Jurado nombrado al efecto y conforme con lo previsto en el artículo 11 de la Orden de 3 de septiembre de 2009, de la Consejería de Economía y Hacienda, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Conceder los siguientes premios, sin contenido económico, del Concurso Escolar “Consumópolis” a los siguientes participantes:

Escolares de tercer ciclo de Educación Primaria:

— Primer premio, consistente en diploma acreditativo para cada uno de los miembros del equipo y diploma acreditativo y placa para el profesor coordinador del equipo: Al grupo “Rosalux”, compuesto por alumnos de 6.o curso de Primaria del CEIP “Rosa Luxemburgo”, de Madrid, coordinados por don Eduardo Obeso Ceballos.

— Segundo premio: Queda desierto.

Escolares de 1.o y 2.o curso de Educación Secundaria:

— Primer premio, consistente en diploma acreditativo para cada uno de los miembros del equipo y diploma acreditativo y placa para el profesor coordinador del equipo: Al grupo “Luciérnagas”, compuesto por alumnos de 2.o curso de ESO del colegio “María Inmaculada”, de Madrid, coordinados por doña Ana Menéndez Boticario.

— Segundo premio: Queda desierto.

Escolares de 3.o y 4.o curso de Educación Secundaria:

— Primer premio, consistente en diploma acreditativo para cada uno de los miembros del equipo y diploma acreditativo y placa para e1 profesor coordinador del equipo: Al grupo “Los Soñadores,” compuesto por alumnas de 3.o curso de ESO del IES “Las Musas”, de Madrid, coordinadas por doña María Dolores Arranz Peiró.

— Segundo premio: Queda desierto.

Así como conceder un diploma acreditativo y placa a los centros educativos en los que cursan estudios los ganadores de los primeros premios:

— CEIP “Rosa Luxemburgo”, de Madrid.

— Colegio “María Inmaculada”, de Madrid.

— IES “Las Musas”, de Madrid.

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o Sala correspondiente de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, con sujeción a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, plazos que se contarán a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

Madrid, a 28 de marzo de 2011.—El Consejero de Economía y Hacienda, PD de firma del Consejero de Economía y Hacienda (Orden 4 de julio de 2008), la Directora General de Consumo, Carmen Martínez de Sola.

(03/14.961/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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