Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
20-04-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110420-181

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VIGO NÚMERO 3

EDICTO

181
Despido 70 de 2011

Doña Marta Lamas Alonso, secretaria de lo social del número 3 de los de Vigo.

Hago saber: Que en el proceso seguido a instancias de doña Patricia Carrera Pérez, contra “Vitalia Vida, Sociedad Anónima”, “Primadeco de Servicios y Desarrollo, Sociedad Limitada”, “Travol 2007, Sociedad Anónima”, y “Nuevas Prestaciones Médicas, Sociedad Cooperativa”, en reclamación por despido, registrado con el número 70 de 2011, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguientes:

Sentencia número 166 de 2011

En Vigo, a 21 de marzo de 2011.—Vistos por mí, doña Montserrat Delgado Pérez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Vigo, los presentes autos sobre despido, seguidos a instancias de doña Patricia Carrera Pérez, representada por el letrado señor Movilla García, contra “Vitalia Vida, Sociedad Anónima”, y “Nuevas Prestaciones Médicas, Sociedad Cooperativa”, asistidas de la letrada señora Ortiz Hoyos; contra “Travol 2007, Sociedad Anónima”, que no comparece, y con intervención del Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, procede dictar la presente resolución en base al siguiente (siguen antecedentes de hecho, hechos declarados probados y fundamentos de derecho).

Fallo

Que estimando la demanda que en materia de despido ha sido interpuesta por la actora, debo declarar y declaro improcedente el despido de doña Patricia Carrera Pérez con fecha de efectos de 30 de noviembre de 2010, condenando solidariamente a “Vitalia Vida, Sociedad Anónima”, “Recursos Empresariales, Sociedad Cooperativa”, y “Nuevas Prestaciones Médicas, Sociedad Cooperativa”, a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia opten entre la readmisión de la trabajadora o abonarle una indemnización de 38.250 euros, así como a que abonen los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta resolución a razón de 66,666 euros día, advirtiendo que en caso de no optar en el plazo expresado se entenderá que procede la readmisión.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a “Travol 2007, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Vigo, a 24 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.433/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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