Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 90

Fecha del Boletín 
16-04-2011

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110416-29

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 1

EDICTO

29
Procedimiento ordinario 215 de 2008

Doña María Sonia Rica de Miguel, secretaria del Juzgado de primera instancia número 1 de Fuenlabrada.

Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo, y mediante resolución del día de la fecha, se ha acordado la notificación de la sentencia de fecha 30 de julio de 2010 al demandado en ignorado paradero, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Fuenlabrada, a 30 de julio de 2010.—Vistos por doña María Inmaculada Pérez Bordejé, magistrada-juez sustituta del Juzgado de primera instancia número 1 de Fuenlabrada y su partido, los presentes autos de juicio ordinario registrados al número 215 de 2008, a instancias del procurador don Manuel Díaz Alfonso, en nombre y representación de la mercantil “Tubos Domínguez, Sociedad Anónima”, defendida por el letrado don Emilio Movilla Gil, contra la mercantil “Clima Fuenlabrada, Sociedad Anónima”, en situación de rebeldía, y en reclamación de cantidad, en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por el procurador don Manuel Díaz Alfonso, en nombre y representación de la mercantil “Tubos Domínguez, Sociedad Anónima”, contra la mercantil “Clima Fuenlabrada, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a dicha demandada al pago de 11.082,10 euros, más intereses legales, con condena a la parte demandada en las costas procesales causadas a la parte actora.

De la presente sentencia dedúzcase testimonio literal para su incorporación a los autos e inclúyase en el libro de sentencias según el artículo 213 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que se preparará ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente a su notificación y a tramitar conforme a los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Teniendo al tiempo de la interposición que acreditarse haber efectuado el depósito de 50 euros conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial (“Boletín Oficial del Estado” de 4 de noviembre de 2009), depósito que deberá efectuarse en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado que tiene abierta en la entidad “Banesto” con número 2373.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido leída y publicada en el mismo día de su fecha por la magistrada-juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública, por ante mí, la secretaria.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Clima Fuenlabrada, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, es por lo que expido el presente.

En Fuenlabrada, a 17 de diciembre de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/3.318/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110416-29