Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
13-04-2011

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110413-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

RÉGIMEN ECONÓMICO

73
Padrones correspondientes al impuesto sobre vehículos tracción mecánica

En virtud de las competencias conferidas mediante decreto 402/2010, de 15 de junio, por resoluciones de la Concejalía de Hacienda 274/2011, 275/2011, 279/2011 y 276/2011, de 6 de abril, han sido aprobados los padrones correspondientes al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, a la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras (vados), a la tasa por recogida de basuras (comercial) para el ejercicio 2011 y el de la tasa por recogida de basuras (industrial) para el ejercicio 2010.

En cumplimiento de la legislación vigente, se exponen al público dichos padrones durante un plazo de un mes contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, durante el cual podrán examinarse, pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde la finalización del período de exposición pública del padrón ante la Concejalía de Hacienda, previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer que durante los días comprendidos entre el 3 de mayo y el 4 de julio del año en curso, ambos inclusive, estarán puestos al cobro en período voluntario los recibos correspondientes a los tributos referidos.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo y los intereses de demora en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria, y en su caso, las costas que se produzcan de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la citada Ley.

Se advierte a los contribuyentes de que podrán hacer efectivas sus deudas dentro del período voluntario y durante su horario de atención al público, en cualquiera de las siguientes entidades colaboradoras: “La Caixa”, “Banco Guipuzcoano”, “Banco Popular”, “Banco Sabadell”, BBVA, “Caixa Catalunya”, “Ibercaja”, “Banco Santander Central Hispano”.

Concluido el período voluntario y hasta el 20 de julio de 2011 podrán hacer efectivas las deudas con el 5 por 100 de recargo, exclusivamente, en “La Caixa”.

Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria dando cuenta al Ayuntamiento y surtiendo esta efecto para los años 2012 y sucesivos.

En caso de extravío o de no haber recibido el impreso para el pago, deberán presentarse en las dependencias municipales para la obtención de un duplicado.

Lo que se hace público para general conocimiento.

San Agustín del Guadalix, a 7 de abril de 2011.—El alcalde-presidente, Jesús Sainz Arias.

(02/3.575/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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