Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
12-04-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110412-230

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GIJÓN NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

230
Procedimiento ordinario 1.020 de 2010

Doña Olga Peña García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Gijón.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 1.020 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rubén Fueyo Mesa, contra la empresa “Cascel Proyectos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Tribunal que ordena citar: Juzgado de lo social número 4 de Gijón.

Asunto en que se acuerda: procedimiento ordinario número 1.020 de 2010.

Empresa a la que se cita: “Cascel Proyectos, Sociedad Limitada”, como parte demandada.

Objeto de la citación: asistir en esa condición a los actos de conciliación y, en su caso, juicio. Y también, si la parte contraria lo pide, y el magistrado-juez lo admite, contestar al interrogatorio que aquella pueda formular.

Lugar en que debe comparecer: en la sede de esta oficina judicial, calle Decano Prendes Pando, número 1.

Día y hora en la que debe comparecer: 28 de junio de 2011, a las once horas, la conciliación. Y para el acto de juicio, a las once y diez horas.

Prevenciones legales

1. La incomparecencia de la demandada, debidamente citada, no impedirá la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

2. Se le hace saber que la parte demandante ha indicado que acudirá al acto del juicio con abogado para su defensa y/o representación, lo que se le comunica a los efectos oportunos.

3. Debe asistir al juicio con las pruebas de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si precisara de alguna otra prueba que requiriera la práctica de alguna diligencia por esta oficina judicial, deberá solicitarla con una antelación de diez días a la fecha señalada para el acto del juicio (artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

4. Debe comunicar a esta oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.4, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. También deberá comunicar, y antes de su celebración, la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensión de los actos de conciliación y/o de juicio a los que se le convoca (artículos 83.1 de la Ley de Procedimiento Laboral y 188 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cascel Proyectos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el “Boletín Oficial de la Provincia de Asturias”, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.

En Gijón, a 14 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.364/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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