Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110325-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

59
Impuesto sobre vehículos tracción mecánica ejercicio 2011

Habiéndose aprobado por decreto del concejal-delegado de Hacienda el padrón correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del ejercicio de 2011, se ha dispuesto lo siguiente:

Se establece como plazo de pago en período voluntario del 21 de marzo de 2011 al 6 de junio de 2011 (ambos inclusive), o inmediato día hábil posterior si el último día es inhábil.

Los citados recibos podrán abonarse en los plazos señalados, en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos, en su horario de apertura al público.

Haciéndose constar que se notificarán colectivamente los respectivos recibos mediante la publicación de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a través de edictos que lo adviertan, todo ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la vigente Ley General Tributaria.

Contra dichos recibos se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del padrón.

Dicho padrón se expondrá al público por un plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de reclamaciones por las personas interesadas.

Se advierte que transcurrido el plazo de ingreso las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo correspondiente, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Alcalá de Henares, a 17 de marzo de 2011.—El concejal-delegado de Hacienda, Gonzalo Garrido de Oro.

(02/2.781/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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